Resolución N° 745/99/4000
Nro de Expediente:
4711-000848-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
27/4/1999


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Reserva para estacionamiento Agrim. Germán Barbato N° 1466, Centro Médico Cooperativo.-

Montevideo, 27 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por el Centro Médico Cooperativo, tendiente a obtener una reserva de espacio de 7 mts., para estacionamiento de vehículos afectados al servicio que ofrece en la calle Agrim. Germán Barbato frente al N° 1466, de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, siendo su costo mensual de 16,8000 U.R., debiendo abonar por concepto de señalamiento 10 U.R.;
        2°) que la interesada prestó conformidad con la tarifa dispuesta, según surge a fs. 4 vta. del expediente N° 4711-000848-99;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 8 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal,;
        2°) que por Resolución Nº 583/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Conceder reserva de espacio para estacionamiento de vehículos al Centro Médico Cooperativo, de 7 mts. de longitud en la calle Agrim. Germán Barbato frente al N° 1466, de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas .-
        2°.- Establecer que la misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para el estacionamiento de vehículos afectados al servicio médico y estará sujeta al costo mensual de 16,8000 U.R. (dieciséis unidades reajustables con ocho mil diezmilésimas) debiendo abonar por concepto de señalamiento por única vez y previo al mismo, la suma de 10 U.R. (diez unidades reajustables) ambas cifras se harán efectivas en el Servicio de Ingresos Comerciales.-
        3°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Vigilancia y de Ingresos Comerciales y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-