Resolución N° 4673/16
Nro de Expediente:
2016-8714-98-001777
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
17/10/2016


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por el Sr. Bernardo Iturralde Viñas contra la constatación de infracción de tránsito (Acta Serie AD, No. 4224, de 21/5/16) concretada en conducir con un índice de alcohol superior al permitido.-

Montevideo, 17 de Octubre de 2016.-
 
          VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio interpuestos por el Sr. Bernardo Iturralde Viñas contra la constatación de infracción de tránsito (Acta Serie AD, No. 4224, de 21/5/16) concretada en conducir con un índice de alcohol en sangre superior al permitido;
          RESULTANDO: 1o.) que la Unidad Asesoría expresa que desde el punto de vista adjetivo los recursos se presentaron en tiempo y forma, mientras que la División Tránsito no hizo lugar al de reposición y franqueó el de apelación en subsidio interpuesto;
          2o.) que desde el punto de vista sustancial se indica que el recurrente se limitó a la mera interposición del recurso, difiriendo para una instancia ulterior su fundamentación; al no haber dado cumplimiento a tal anuncio el recurso quedó privado de su aspecto más trascendente como es la expresión de agravios;
          3o.) que de la copia del acta impugnada surge que al interesado se le practicó una espirometría que dio como resultado 0,92 gr. de alcohol por litro de sangre y tal constatación no mereció observaciones del conductor al firmar el documento, quedando notificado en ese acto que disponía de 10 días para efectuar descargos, no constando que hubiera ejercido tal derecho;
          4o.) que en el expediente únicamente consta la prueba espirométrica, ya que no se aportó por el interesado examen alternativo, en las condiciones exigidas por el Art. 51 de la Ley 18.191;
          5o.) que por lo expuesto la Unidad Asesoría propicia el dictado de resolución por la cual no se haga lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto;
          CONSIDERANDO: que el 20/9/16 la
          División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;
          EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por el Sr. Bernardo Iturralde Viñas, CI 3.276.097-3 contra la constatación de infracción de tránsito (Acta Serie AD, No. 4224, de 21/5/16) concretada en conducir con un índice de alcohol en sangre superior al permitido.-
          2. Pase al Servicio de Vigilancia para notificar al interesado y demás efectos.-
JUAN CANESSA, Intendente de Montevideo (I).-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-