Resolución N° 530/12/1000
Nro de Expediente:
5220-021016-12
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
28/8/2012


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 14,8410, al Sr. Carlos Loira, responsable del local destinado a Pensión, ubicado en José Enrique Rodó No. 1733.-

Montevideo, 28 de Agosto de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a Pensión, ubicado en José Enrique Rodó No. 1733, responsabilidad del Sr. Carlos Loira, C.I. 1.639.645-9;
        RESULTANDO: 1o.) que por Acta A No. 22576, de 30/5/12, se intimó al interesado a presentar la Reinscripción en el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en un plazo de 5 días;
        2o.) que el Sector Hoteles, Pensiones, Inquilinatos y Afines, sugiere la aplicación de una multa de U.R. 14,8410, por no haber dado cumplimiento a lo intimado, de acuerdo al Decreto Nº 22.010, de 14 de noviembre de 1984 y al amparo del Régimen Punitivo vigente, Decreto Nº 21.626, de 23 de abril de 1984;
        3o.) que el 24/7/12, la Dirección (I) del Servicio Central de Inspección General, eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3092/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;




        3o.) que la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 14,8410 (Unidades Reajustables catorce con 8410/10.000), al Sr. Carlos Loira, C.I. 1.639.645-9, responsable del local destinado a Pensión, ubicado en José Enrique Rodó No. 1733, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 2 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

RICARDO PRATO, Secretario General.-