Resolución N° 1141/14
Nro de Expediente:
9055-000862-14
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
24/3/2014


Tema:
CREAR

Resumen:
Crear, con carácter honorario, el Consejo Asesor Artístico de la Banda Sinfónica de Montevideo.-

Montevideo, 24 de Marzo de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la creación del Consejo Asesor Artístico de la Banda Sinfónica de Montevideo;
        RESULTANDO: 1o.) que el Asesor del Departamento de Cultura solicita la creación del referido Consejo, el cual tendrá carácter honorario;
        2o.) que el Consejo estará integrado por:
        a) el/la Director/a Artístico/a y Musical de la Banda Sinfónica de Montevideo, quién lo presidirá;
        b) un representante de la División Promoción Cultural que designe su Dirección;
        c) el/la encargado/a de coordinación ejecutiva de la Unidad de referencia;
        d) dos músicos integrantes del elenco, elegidos por voto directo y mayoría simple en Asamblea;
        e) cuando la Dirección Artística y Musical esté vacante, transitoria o permanentemente, el Consejo Asesor Artístico será presidido por quien designe la Dirección de la División Promoción Cultural;
        3o.) que el Consejo Asesor Artístico tendrá los siguientes cometidos:
        a) el Director/a Artístico/a y Musical de la Banda Sinfónica de Montevideo presentará el o los proyectos de programación de cada temporada, con el cronograma de actividades del año y el trabajo técnico-artístico diseñado para el elenco;
        b) el Consejo Asesor Artístico podrá expresar su punto de vista, con las sugerencias y/o aportes que entienda pertinente sin que éstos sean necesariamente vinculantes;
        4o.) que el Consejo Asesor Artístico deberá ser citado, al menos tres veces al año;
        5o.) que la División Promoción Cultural y el Departamento de Cultura dan su conformidad y solicitan el dictado de resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: que se entiende pertinente proveer de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Crear, con carácter honorario, el Consejo Asesor Artístico de la Banda Sinfónica de Montevideo.-
        2o.-Disponer que el Consejo creado en el numeral precedente estará integrado por:
        a) el/la Director/a Artístico/a y Musical de la Banda Sinfónica de Montevideo, quién lo presidirá;
        b) un representante de la División Promoción Cultural que designe su Dirección;
        c) el/la encargado/a de coordinación ejecutiva de la Unidad de referencia;
        d) dos músicos integrantes del elenco, elegidos por voto directo y mayoría simple en Asamblea;
        e) cuando la Dirección Artística y Musical esté vacante, transitoria o permanentemente, el Consejo Asesor Artístico será presidido por quién designe la Dirección de la División Promoción Cultural;
        3o.- Establecer que los cometidos de dicho Consejo serán los siguientes:
        a) el Director/a Artístico/a y Musical de la Banda Sinfónica de Montevideo presentará el o los proyectos de programación de cada temporada, con el cronograma de actividades del año y el trabajo técnico-artístico diseñado para el elenco;
        b) el Consejo Asesor Artístico podrá expresar su punto de vista, con las sugerencias y/o aportes que entienda pertinente sin que éstos sean necesariamente vinculantes.-
        4o.- Determinar que el Consejo Asesor Artístico de la Banda Sinfónica de Montevideo deberá ser citado, al menos tres veces al año.-
        5o.-Comuníquese a la Secretaría General; a la Divisiones Asesoría Jurídica, Información y Comunicación, Promoción Cultural y pase a la Unidad Banda Sinfónica.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-