Resolución N° 1019/12
Nro de Expediente:
9210-003738-12
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/3/2012


Tema:
REITERAR GASTO

Resumen:
Se reitera el gasto a favor de la Jefatura de Policía de Montevideo de varios montos por el pago de los servicios (222) prestados durante el año 2011, en diferentes dependencias del Departamento de Acondicionamiento Urbano.-

Montevideo, 12 de Marzo de 2012.-
 
        VISTO: el pago de los servicios de vigilancia especial (Art. 222 de la Ley Nº 13.318 del 28/XII/64) prestados por la Jefatura de Policía de Montevideo durante el año 2011, en diferentes dependencias del Departamento de Acondicionamiento Urbano;
        RESULTANDO: 1º) que la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República entiende que los gastos referidos, según constan de fs. 2 a fs. 11 de estas actuaciones (Solicitudes de Preventiva Nos. 144717, 144718, 144719, 144720, 144721, 144722, 144723, 144724, 144725 y 144726), son observables por contravenir lo dispuesto por el Art.15º del TOCAF, dado que fueron imputados con cargo a derivados presupuestales sin disponibilidad;
        2º) que la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Acondicionamiento Urbano informa que oportunamente se autorizaron las imputaciones con cargo al déficit, habiéndose tomado las previsiones necesarias para mantener el equilibrio presupuestal;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Departamento de Acondicionamiento Urbano considera de recibo los argumentos expuestos;
        2º) lo previsto en los artículos 211º, literal B) de la Constitución de la República y 97º del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Reiterar el gasto a favor de la Jefatura de Policía de Montevideo, por el pago de los servicios de vigilancia especial (Art. 222 de la Ley Nº 13.318 del 28/XII/64) prestados durante el año 2011, en diferentes dependencias del Departamento de Acondicionamiento Urbano, de los siguientes montos: $ 851.705,30 (ochocientos cincuenta y un mil setecientos cinco pesos uruguayos con treinta centésimos); $ 5:260.776,06 (cinco millones doscientos sesenta mil setecientos setenta y seis pesos uruguayos con seis centésimos); $ 4:242.054,63 (cuatro millones doscientos cuarenta y dos mil cincuenta y cuatro pesos uruguayos con sesenta y tres centésimos); $ 469.323,62 (cuatrocientos sesenta y nueve mil trescientos veintitrés pesos uruguayos con sesenta y dos centésimos); $ 932.812,11 (novecientos treinta y dos mil ochocientos doce pesos uruguayos con once centésimos); $ 1:877.748,44 (un millón ochocientos setenta y siete mil setecientos cuarenta y ocho pesos uruguayos con cuarenta y cuatro centésimos); $ 1:660.695,64 (un millón seiscientos sesenta mil seiscientos noventa y cinco pesos uruguayos con sesenta y cuatro centésimos); $ 213.776,02 (doscientos trece mil setecientos setenta y seis pesos uruguayos con dos centésimos); $ 1:515.174,55 (un millón quinientos quince mil ciento setenta y cuatro pesos uruguayos con cincuenta y cinco centésimos) y $ 891.427,89 (ochocientos noventa y un mil cuatrocientos veintisiete pesos uruguayos con ochenta y nueve centésimos); por los fundamentos expuestos en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Secretaría General y pase a la Contaduría General.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-