Resolución N° 323/13
Nro de Expediente:
3020-000255-11
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
21/1/2013


Tema:
DONACIÓN MODAL

Resumen:
Aprobar el texto del contrato de donación modal a suscribir con la Fundación Eduardo Mateo, con el objeto de realizar talleres de expresión musical en la órbita de los Centros Comunitarios de Educación Inicial del Programa Nuestros Niños.-

Montevideo, 21 de Enero de 2013.-
 
        VISTO: que la Unidad de Convenios eleva estas actuaciones tendientes a lograr un acuerdo promoviendo una donación modal con la Fundación Eduardo Mateo, por la suma de $ 590.000,oo;
        RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue la realización de talleres de expresión musical en la órbita de los Centros Comunitarios de Educación Inicial del Programa Nuestros Niños;
        2o.) que la institución involucrada presentó su propuesta y fue seleccionada en el llamado público realizado en noviembre de 2011 por esta Intendencia de Montevideo;
        3o.) que se efectuó solicitud SEFI No. 153581;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Políticas Sociales se expresa de conformidad;
        2o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima oportuno y conveniente el dictado de resolución en tal sentido;
        3o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el texto del contrato de donación modal a suscribir con la Fundación Eduardo Mateo, que se regirá por los siguientes términos: DONACIÓN MODAL: En la ciudad de Montevideo, el ..........de .............. de dos mil trece, POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo, en adelante la IdeM, representada por ........................., en su calidad de ............................., inscripta en el Registro Único Tributario con el No. 211.763.350.018, con domicilio en esta ciudad en la Av. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: por otra parte, la Fundación Eduardo Mateo, en adelante la Fundación, representada por ........................,con domicilio en esta ciudad en ........................... e inscripta en el Registro Único Tributario con el No. 215722490012, acuerdan celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: I) La presente donación se enmarca dentro de las políticas sociales que la IdeM desarrolla a través de la Secretaría de Infancia de la División Políticas Sociales con los Centros Comunitarios del Programa Nuestros Niños de la referida Secretaría con la finalidad de dar cumplimiento al Plan de Apoyo y Promoción Comunitaria del Programa a su cargo. Existen dieciocho CCEI dentro del departamento de Montevideo funcionando la mayoría de ellos en doble horario. Asimismo este programa atiende trece Centros de Educación Inicial por el sistema becas. Estos vínculos son potenciados fundamentalmente con el objetivo de colaborar con aquellos sectores que presentan mayores dificultades socio-económicas, con el propósito de desarrollar y profundizar el interés de los niños por la música. II) La Fundación tiene como objetivo la música para todos y todas, incluyendo dentro del mismo la propugnación de proyectos para niños/as que intentan desarrollar una manera de concebir el abordaje de la primera infancia a través de la educación por el arte a efectos de acercarlos a la música y cuenta con importantes antecedentes en el trabajo con la población objetivo. III) Por el llamado público realizado en noviembre de 2011 a Organizaciones No Gubernamentales sin fines de lucro cuyo objeto esté comprendido por la música y que incluya el dictado de talleres en esa temática en forma global, interesadas en suscribir convenios educativos con la IdeM, con la finalidad de brindar orientación en las diversas disciplinas a niños, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, educadores y a la comunidad en general, en las expresiones de música, canto, danza, murga, candombe y otras vinculadas, en la modalidad de talleres y de actividades lúdico expresivas, en un trabajo coordinado con las Secretarías para el Adulto Mayor, de Juventud, de Infancia y de la Gestión Social para la Discapacidad y la Unidad Montevideo Ciudad Educadora, la Fundación presentó propuesta y resultó seleccionada para el llamado efectuado por la Secretaría de Infancia con el objetivo de realizar talleres de educación por el arte a efectos de dar cumplimiento al plan de apoyo y promoción comunitaria del Programa Nuestros Niños de la Secretaría de Infancia, dirigidos a niños, niñas, familias, equipos, educadores y comunidad y IV) En ese sentido se celebró un contrato modal con la Fundación Eduardo Mateo aprobado por Resolución No. 1271/12 de fecha 16/III/12 cuya vigencia se extendía entre el 1o. de abril del 2012 hasta el 31 de diciembre del mismo año. Se realizaron 428 (cuatrocientos veintiocho) talleres de educación para el arte (música, plástica, teatro y demás áreas expresivas) que se distribuirán de la siguiente forma: 276 (doscientos setenta y seis) para los Centros Comunitarios de Educación Inicial, 20 (veinte) talleres distribuidos en cuatro Centros Educativos integrantes del sistema de Becas del Programa Nuestros Niños; 72 (setenta y dos) jornadas vivenciales lúdico-expresivas dirigidas a los equipos educadores de cada uno de los Centros; y 70 (setenta) talleres distribuidos en diferentes Municipios. Los talleres comprendidos en el presente tendrán carácter gratuito para todos los participantes y perfil integrador y no de competitividad.- SEGUNDO: OBJETO: La IdeM dona a la Fundación la suma de $ 590.000,oo (pesos uruguayos quinientos noventa mil) la que se transferirá en dos partidas iguales de $ 295.000,oo (pesos uruguayos doscientos noventa y cinco mil) venciendo la a los diez días de la firma de la presente donación y la segunda en el mes de agosto de 2013.- TERCERO: MODO: A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, la IdeM impone a la Fundación el cumplimiento del siguiente modo: I) realizar un total de 428 (cuatrocientos veintiocho) talleres de Educación para el Arte (música, plástica, teatro y demás áreas expresivas) que tendrán una duración mínima de dos horas cada uno, serán atendidos por un educador para cada uno de los Centros Comunitarios y se distribuirán de la siguiente forma: a) 276 (doscientos setenta y seis) talleres que comprenderán a los dieciocho Centros Comunitarios de Educación Inicial. En dieciséis Centros educativos se realizarán dieciséis talleres en cada uno de ellos y en dos Centros se realizarán diez talleres en cada uno de ellos, teniendo como parámetro la cantidad de población infantil atendida. La intervención se desarrollará en los locales de los propios Centros Comunitarios y estará dirigida a: 1) equipos educadores, con el objetivo de orientarlos y capacitarlos en las diversas áreas expresivas para el trabajo con niños/as y la comunidad; 2) niños, niñas y sus familias; 3) la comunidad; b) 20 (veinte) talleres distribuidos en cuatro Centros Educativos integrantes del Sistema de Becas del Programa Nuestros Niños; c) 72 (setenta y dos) jornadas vivenciales lúdico-expresivas dirigidas a los equipos educadores de cada uno de los Centros, con el objetivo de fortalecer el conocimiento de si mismo y de los instrumentos para llevar adelante las prácticas educativas en esta área y de contribuir a mejorar la comunicación y promover el trabajo en equipo. Los mismos se distribuirán de la siguiente forma: 4 (cuatro) para cada uno de los Centros Comunitarios de Educación Inicial; d) 60 (sesenta) talleres distribuidos en los siguientes Municipios: Municipio A, un total de 18 (dieciocho) talleres (tres intervenciones de seis talleres cada una); Municipio B, un total de (seis) talleres; Municipio D, un total de 18 (dieciocho) talleres (tres intervenciones de seis talleres cada una); Municipio F, un total de 12 ( doce) talleres (dos intervenciones de seis talleres cada una) y Municipio G, un total de 6 (seis) talleres. En estos cinco Municipios se estimulará a que instituciones educativas puedan presentar proyectos que comprendan la atención de niños y niñas de 0 a 3 años en las áreas expresivas. El Programa tendrá como objetivos: 1) propiciar herramientas que permitan mejorar y desarrollar la creatividad, la integración social y el trabajo en equipo; 2) generar sentimientos de identidad, pertenencia y autoestima a partir del disfrute; 3) privilegiar la modalidad de taller donde todos/as puedan jugar y expresarse a través del arte; 4) promover el carácter diverso del arte, estimulando la tolerancia y el hecho artístico como un derecho de todos, dando las herramientas necesarias para lograr los productos artísticos concretos y gratificantes. Todos y cada uno de los talleres comprendidos en el presente se adecuarán a la propuesta referida en el numeral III de la cláusula primera, la que se considera parte integrante del presente. II) proveer todo el material didáctico que sea necesario para el desarrollo de los talleres descritos y contratar el número de docentes y talleristas necesario para el desarrollo de los mismos. Asimismo trabajará en forma coordinada con la Secretaría de Infancia, para organizar actividades que promuevan la integración de dichos talleres y para ir definiendo criterios de aplicación, así como la duración de talleres en cada caso. III) Cumplir con las actividades que la Secretaría de Infancia le solicite en la ejecución de políticas y cumplimiento de los objetivos referidos en los numerales I y III de la Cláusula Primera, respectivamente, además de los previstos en el numeral I de la Cláusula Tercera. IV) Presentar los informes solicitados por la Secretaría de Infancia de la IdeM. V) Llevar los registros contables y presentar rendición de cuentas ante la IdeM dentro de los 10 (diez) primeros días de entregada cada partida; las mismas deberán ser rendidas mediante informe de revisión limitada de los gastos efectuados conforme al texto aprobado por Resolución No. 5375/08 de la IdeM, provistas de la documentación correspondiente que deje constancia del cumplimiento con los diferentes aportes a los organismos públicos y demás obligaciones legales que correspondan, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con el destino previsto por esta donación en la forma y condiciones que determine la Unidad Central de Auditoría de la IdeM. La no presentación de la rendición de cuentas correspondiente a la partida anterior habilitará a la IdeM a retener las partidas siguientes. VI) Contratar un coordinador de proyecto que será el referente que se constituirá en la figura reconocida por la Secretaría de Infancia y ante las direcciones de la División Políticas Sociales y el Departamento de Desarrollo Social y coordinar con la referida Secretaría la forma de actuación y estrategias a desarrollar, para lo que deberá reunirse periódicamente con el equipo técnico de la misma y realizar encuentros de evaluación parcial y final del proyecto, además de participar de las instancias a las que sea convocado. El coordinador asegurará el cumplimiento en tiempo y forma de las distintas áreas de responsabilidades comprendidas en el presente y que se encuentren a cargo de la Fundación y deberá contar con conocimientos en coordinación de equipos de trabajo y resolución de las problemáticas posibles en este tipo de convenios. VII) Asegurar el carácter de gratuidad de los talleres, tomando al efecto todas las medidas para evitar y sancionar las acciones que tiendan a desvirtuar este aspecto. En ningún caso podrán aprovecharse los talleres comprendidos en el contrato como medio para la realización de actividades lucrativas. En ese sentido la Fundación impedirá que los educadores dicten talleres o cursos paralelos con integrantes de los grupos conformados en el marco de este contrato, siempre que ello se traduzca en un beneficio pecuniario para quien los dicte. VIII) Garantizar el carácter integrador y no competitivo de los talleres comprendidos en el presente. En ese contexto se procurará la conformación y se estimulará la integración de los mismos, manteniendo abiertos los grupos y posibilitando la integración de personas pertenecientes a diferentes contextos, con diferente orientación sexual y de diferentes edades y razas. La Fundación estimulará la participación, exhortando a los beneficiarios a que inviten a otras personas a integrar los grupos y concebirá a los talleres como medios de integración y no como instancias de competencia y/o formación de profesionales en música. IX) Presentar a la Secretaría de Infancia informes trimestrales de la intervención que permita dar cuenta de los impactos cualitativos y cuantitativos, así como de los procesos desarrollados. X) Presentar informes de evaluación mensual a la Secretaría de Infancia de acuerdo a las pautas que se entregarán oportunamente por ésta. XI) Llevar registros de asistencia de los educadores a los talleres en los que figurará el horario de inicio y finalización de cada taller. A cada unidad taller asistirá el educador, que llevará una lista del número y nombre de los participantes, siendo responsabilidad de la Fundación asegurar la asistencia y puntualidad del tallerista. En caso de producirse irregularidades al respecto y/o bajas sensibles de participantes en los convenios cuya participación dependa del libre albedrío de los mismos, deberá ser comunicado a la IdeM de forma inmediata. XII) Posibilitar la realización de evaluaciones mensuales por parte de los participantes de los talleres, las que se adecuarán a las condiciones que establezca la Secretaría de Infancia. XIII) Exhibir los siguientes documentos: a) Declaración nominada de historia laboral (artículo 87 de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995) y recibo de pago de cotizaciones del organismo previsional. b) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda (artículo 663 de la ley Nº 16.170 del 28 de diciembre de 1990). c) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. d) Planilla de control de trabajo, recibos de haberes salariales y en su caso, convenio colectivo aplicable. e) Datos personales de los trabajadores comprendidos en el cumplimiento del modo impuesto por la IdeM.- CUARTO: ACEPTACIÓN Y PLAZO: La Fundación acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir del 15 de marzo de 2013 y hasta el 15 de diciembre de 2013.- QUINTO: CONTRALOR DEL CUMPLIMIENTO DEL MODO: La IdeM controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo, el que será efectuado por intermedio del equipo técnico de la Secretaría de Infancia, quienes realizarán informes periódicos a los efectos de la evaluación correspondiente; II) que la Fundación cumpla con toda la legislación nacional vigente en lo que tiene que ver con la relación que se trabe con los individuos que lleven adelante la ejecución del contrato y con los beneficiarios del mismo, por lo cual la constatación del no cumplimiento en cualquier aspecto habilita a la IdeM a la inmediata rescisión de este contrato; III) que las rendiciones de cuentas sean presentadas de acuerdo a lo estipulado en la cláusula tercera, numeral V); y IV) que la Fundación exhiba la documentación referida en el numeral XIII) de la cláusula tercera.- SEXTO: RESPONSABILIDADES DE LA FUNDACIÓN: La Fundación asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre éste, los profesionales contratados para la ejecución del programa y los beneficiarios del mismo, así como las obligaciones legales y convencionales que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respecto de las cuales la IdeM es por completo ajena. Asimismo la Fundación indemnizará en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios departamentales, municipales o terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en cumplimiento del modo.- SÉPTIMO: MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- OCTAVO: RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la Fundación, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación modal por parte de la IdeM, quedando ésta facultada a suspender en forma inmediata el pago de las sumas previstas en la cláusula segunda del presente contrato. Se considerará que la Fundación ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de diez días no lo rectificara a satisfacción de la IdeM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IdeM, que la Fundación declara conocer y aceptar.- NOVENO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.- DÉCIMO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.- DÉCIMO PRIMERO: INDIVISIBILIDAD: Las partes acuerdan la indivisibilidad del objeto de las obligaciones contraídas en el presente contrato hasta la total extinción de las mismas. DÉCIMO SEGUNDO: REPRESENTACIÓN: La Fundación acredita la representación invocada según .................. expedido por el/la escribano/a ......................el día ................ En prueba de conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar la donación modal que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- Establecer que la erogación resultante se atienda con cargo a la solicitud SEFI No. 153581.-
        4.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones Políticas Sociales, Información y Comunicación, Asesoría Jurídica, de Desarrollo Municipal y Participación, a los Municipios A, B, D, E, F y G, a los Servicios de Escribanía y Unidad Central de Presupuesto, a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase por su orden a la Contaduría General y a la Secretaría de Infancia.-
PROF. MARIA SARA RIBERO, Intendenta de Montevideo (I).-
RICARDO PRATO, Secretario General.-