Resolución N° 291/04/6300
Nro de Expediente:
4450-000265-04
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
17/9/2004


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 25 UR a la empresa "Consorcio del Plata" (CAP) por incumplimiento al Capítulo VI, Art. 44o. inciso 22o.

Montevideo, 17 de Setiembre de 2004.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Limpieza, relacionadas con incumplimientos constatados en el servicio adjudicado al Consorcio Ambiental del Plata, por Licitación Pública No. 76107/1 "Prestación de servicios de recolección de residuos domiciliarios, barrido y limpieza de la vía pública y transporte de material hasta disposición final";
        RESULTANDO: 1o) que con fecha 30 de agosto de 2004, la Unidad de Contratos y Convenios, informa que en inspección realizada el día 25 de agosto, en el marco de la reapertura del Teatro Solís, se constató la falta de barrido y de 2 operarios en el área del Teatro, Peatonal Sarandí, Bacacay, Policía Vieja y Bartolomé Mitre, dispuestos por Orden de Servicio 16/04;
        2o) que la mencionada Unidad comunicó al Consorcio adjudicatario, la infracción constatada y solicitó los descargos de acuerdo al Artículo 45o. del Pliego de Condiciones Particulares que rigió la licitación;
        3o) que el citado Consorcio no presentó descargos, aceptando en forma telefónica la falta cometida, por lo que, se solicita la aplicación de las sanciones punitivas correspondientes, al amparo del Capitulo VI, Artículo 44o. inciso 22, "Incumplimiento en la ejecución de una orden de la Intendencia Municipal de Montevideo...", del Pliego ya citado y cuya penalidad es de 25 U.R.;
        CONSIDERANDO: que el Director de la División Limpieza, es de opinión favorable en que se aplique la multa

        correspondiente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar, al amparo del Capítulo VI, del Artículo 44o. inciso 22o., del Pliego de Condiciones Particulares que rige la Licitación Pública No. 76107/1 "Prestación de servicios de recolección de residuos domiciliarios, barrido y limpieza de la vía pública y transporte de material hasta disposición final", una multa de VEINTICINCO UNIDADES REAJUSTABLES (U.R. 25), al Consorcio Ambiental del Plata (CAP), por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese a Contaduría General, a la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental y pase Control de Contratos y Convenios, para la notificación a la empresa infractora y vencido el plazo de presentación de descargos, proceda a descontar el importe de la multa de la facturación mensual como lo prevé el Pliego General de Condiciones.

Ing. LUIS LAZO VAZQUEZ, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental.-