Resolución N° 2616/00
Nro de Expediente:
3220-009817-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
31/7/2000


Tema:
PROYECTO DE DECRETO

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental Proyecto de Decreto para la firma de un convenio con la Asociación de Permisarios del Mercado Central, para la concesión del espacio físico ubicado en el subsuelo del Mercado Central, por el término de 10 años, para la administración de un estacionamiento vehicular rentado.-

Montevideo, 31 de Julio de 2000.-
 
      VISTO: que la Junta Local de la Zona No. 1 eleva estas actuaciones tendientes a la firma de un convenio con la Asociación de Permisarios del Mercado Central;
      RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue otorgar la concesión de uso del espacio físico ubicado en el subsuelo del Mercado Central, con destino a la instalación y administración de un estacionamiento vehicular rentado;
      2o.) que a esos efectos se prevé: a) que la concesión se realizará por el término de 10 años a partir de su habilitación, y la Asociación deberá gestionar y preservar el mismo en el subsuelo del Mercado Central, junto con sus adyacencias; b) su administración estará a cargo de una Comisión Administradora de cuatro miembros, designados por ambas partes (correspondiendo dos a la Intendencia y dos a la Asociación); c) que la financiación de la obra estará a cargo de la Asociación, para lo cual compensará las sumas totales recaudadas por la explotación del estacionamiento, debiendo presentar rendición de cuentas dentro de los 60 días siguientes a la suscripción del convenio; y d) que una vez producida y comprobada dicha compensación, deberán deducirse los gastos de funcionamiento, y se distribuirán por mitades las utilidades líquidas;
      CONSIDERANDO: 1o.) que han emitido su opinión favorable las Divisiones Espacios Públicos y Edificaciones, y Gestión Comercial, solicitando la inclusión en el texto del convenio una disposición que vincule la vigencia del mismo con la concreción en cierto plazo de un marco general de gestión para el edificio y su entorno;
      2o.) que la Comisión Especial Mixta creada por Decreto No. 26.208 entiende adecuada la propuesta y en lo referente al ámbito de definición sugiere la creación de una Comisión integrada por representantes de la División Espacios Públicos y Edificaciones, la División Promoción y Acción Cultural, La Junta Local de la Zona No. 1, la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja y la Asociación de Permisarios del Mercado Central;
      3o.) que la Dirección General del Departamento de Descentralización estima oportuno remitir estos procedimientos a la Junta Departamental de Montevideo, a los efectos del cumplimiento del Art. 11o. del Decreto No. 26.208;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, el siguiente:
      PROYECTO DE DECRETO:
      Artículo 1o.- Autorízase a la Intendencia Municipal de Montevideo la firma de un convenio con la Asociación de Permisarios del Mercado Central, en los siguientes términos: CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los..........días del mes de............de.........., por una parte la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por................, con domicilio en esta ciudad en la Av. 18 de Julio No. 1360, y por otra parte, la Asociación de Permisarios del Mercado Central, en adelante la Asociación, representada por................, con domicilio en esta ciudad en..........., convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes: La Intendencia y la Asociación han realizado gestiones comunes con el propósito de mejorar el funcionamiento del Mercado Central, en relación a su actividad comercial y de abastecimiento, así como a posibilidades de mejoramiento del edificio interior y exterior, y espacios contiguos. En ese marco, se ha considerado como prioritario optimizar la utilización del subsuelo del Mercado Central, reciclándolo, a fin de darle el destino de estacionamiento rentado. SEGUNDO: Objetivo: Por el presente instrumento, las partes convienen aunar esfuerzos para la mejora general del Mercado y sus adyacencias. TERCERO: Obligaciones: La Intendencia se obliga a otorgar a la Asociación la concesión del uso de dicho subsuelo con destino a la explotación del estacionamiento de vehículos, por un plazo de 10 (diez) años a partir de la habilitación del mismo, la que será dada por los Servicios competentes. Por su parte, la Asociación, se obliga a gestionar, desarrollar, mantener y preservar el estacionamiento de vehículos ubicado en el subsuelo (con su adyacencia) del Mercado Central, así como al pago de todos los insumos correspondientes al uso del mismo, tales como UTE, ANTEL, OSE, etc..- CUARTO: Administración: A fin de fiscalizar el fiel cumplimiento del presente convenio, se designará una Comisión Administradora de 4 (cuatro) miembros integrada por ambas instituciones, en partes iguales, la que tendrá como objetivo fundamental observar el cumplimiento de los términos pactados, supervisando las actividades realizadas en el área y la aplicación de los recursos económicos. QUINTO: Financiación y destino de los recursos obtenidos: La financiación de la obra es de cuenta exclusiva de la Asociación, la que obtendrá el retorno de su inversión a través de la compensación resultante de cotejar las sumas totales recaudadas por explotación desde su origen (año 1994), hasta la coincidencia con el monto imputable al gasto realizado. Por tal motivo, la Asociación, se obliga a presentar ante la Intendencia la correspondiente rendición de cuentas en el plazo de 60 (sesenta) días a partir de la suscripción del presente convenio, a efectos de auditar, evaluar y expedirse respecto a las conclusiones de dicha rendición. Producida y comprobada la compensación se deducirán los gastos de funcionamiento y se distribuirán en partes iguales las utilidades obtenidas, correspondiendo en consecuencia un 50% (cincuenta por ciento) para cada parte. SEXTO: Supervisión de la Obra: La Intendencia, por intermedio de sus servicios competentes efectuará la supervisión y control técnico del objeto del presente convenio.- Para constancia y en señal de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
      Artículo 2o.- Créase una Comisión integrada por representantes de las Divisiones Espacios Públicos y Edificaciones, Promoción y Acción Cultural, la Junta Local de la Zona No. 1, la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja y la Asociación de Permisarios del Mercado Central, a los efectos de crear un ámbito de definición del marco general de gestión para el edificio y su entorno.-
      Artículo 3o.- Establécese que las obras a realizarse y las actuaciones en la fachada del subsuelo del Mercado, incluyendo cartelería, deberán ser controladas por la Comisión Permanente de la Ciudad Vieja.-
      Artículo 4o.- Comuníquese.-
      2.- Comuníquese a los Departamentos de Acondicionamiento Urbano, de Desarrollo Económico e Integración Regional, de Recursos Financieros, a las Divisiones Espacios Públicos y Edificaciones, Promoción y Acción Cultural, Promoción Económica, a la Junta Local de la Zona No. 1 y pase a la Secretaría General para su remisión, sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-