Resolución N° 1983/01
Nro de Expediente:
195001
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
4/6/2001


Tema:
CONCESIONES

Resumen:
Ampliar el permiso de explotación del establecimiento comercial que gira en el rubro Bar y Cervecería, denominado "Don Trigo"

Montevideo, 4 de Junio de 2001.-
 
        VISTO: la gestión presentada por los Sres. Jaime Fuster y José Mengot, titulares del permiso de explotación de la atracción mecánica denominada "Central Express", ubicada sobre la Avenida Sarmiento s/n. en la zona de juegos del Parque Rodó, otorgado por Resolución Nº 207151 de 12 de febrero de 1985;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma, solicitan se autorice la transferencia del uso de la referida parcela a favor de los Sres. Gerardo y José Antonio Trigo García, dado que de acuerdo al proyecto de remodelación del Parque Rodó que se encuentra a estudio, la zona de juegos sobre la Avenida Sarmiento sería trasladada a otro sector del Parque;
        2o.) que los Sres. Gerardo y José Trigo García son titulares del permiso de explotación del establecimiento comercial que gira en el rubro de Bar y Cervecería denominado "Don Trigo" contiguo a la parcela mencionada, según Resolución Nº 3737/00 de 10 de octubre de 2000;
        3o.) que consultado el Abogado Asesor del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional señala que desde el punto de vista jurídico, no habría inconveniente en accederse a la transferencia solicitada, para ampliación de las instalaciones comerciales;
        4o.) que en consulta efectuada al Servicio de Catastro y Avalúo el mismo informa que tratándose de una superficie de 382 metros cuadrados corresponde un valor de U$S 600 mensuales por la utilización del espacio Nº 29 correspondiente a la parcela utilizada por la atracción "Central Express"
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Promoción Económica señala que por la gran estacionalidad que tienen los emprendimientos ubicados en la zona del Parque Rodó, sería razonable disponer precios diferenciales: para la temporada alta (diciembre-marzo) U$S 600 y para los meses restantes U$S 300 mensuales;
        2o.) que en mérito a lo expuesto la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución dejando sin efecto el permiso de explotación de la atracción mecánica denominada "Central Express", así como autorizando el uso de dicha parcela a los permisarios del local comercial "Don Trigo";
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Dejar sin efecto el permiso de explotación de la atracción mecánica denominada "Central Express", ubicada sobre la Avenida Sarmiento s/n. en la zona de juegos del Parque Rodó, otorgado por Resolución Nº 207151 de 12 de febrero de 1985.
        2.- Ampliar el permiso de explotación del establecimiento comercial que gira en el rubro Bar y Cervecería, denominado "Don Trigo", otorgado a los Sres. GERARDO y JOSE ANTONIO TRIGO GARCIA, C.I. Nros. 1.5537.512-9 Y 1.537.467-0, con domicilio en la calle Paraguay Nº 1321, Esc. 401, en lo referente al uso de la parcela identificada con el Nº 29 en el croquis de fs. 172, con una superficie de 382 metros cuadrados, ubicada en Avenida Sarmiento s/n. en la zona de juegos del Parque Rodó.
        3.- Fijar los derechos mensuales a abonar por el permisario en: U$S 600 (seiscientos dólares) para los meses de alta temporada (noviembre-abril) y en U$S 300 (trescientos dólares) para los meses de baja temporada (mayo-octubre).
        4.- La vigencia de ésta concesión será en las mismas condiciones que las fijadas por Resolución Nº 3737/00 de 10 de octubre de 2000 para el local comercial "Don Trigo".
        5.- Las mejoras edilicias deberán realizarse con costos a su cargo y con autorización municipal teniendo en cuenta el entorno del Parque Rodó, las que quedarán a beneficio de la propiedad municipal sin posibilidad del permisario de reclamar o compensar su valor, debiendo mantener el destino actual. Deberá asimismo acreditar el pago de aportes al B.P.S. por las obras edilicias realizadas, con el Certificado Unico Especial.
        6.- Las irregularidades que cometan los permisarios darán lugar a la aplicación de multas que irán desde la suma de U$S 500 a U$S 5.000 en función de la importancia de la falta constatada.
        7.- Deberán efectuar en el Servicio de Tesorería de la Intendencia Municipal de Montevideo, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la notificación, el depósito de garantía de fiel cumplimiento de sus obligaciones equivalente a un promedio de 6 meses de derechos, caducando el permiso automáticamente en caso contrario.
        8.- Comuníquese al Departamento de Descentralización; al Servicio Central de Inspección General, para notificación de los interesados y pase a la División Promoción Económica a sus efectos.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-