Resolución N° 870/00
Nro de Expediente:
6370-005216
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
13/3/2000


Tema:
EXPROPIACIONES

Resumen:
Se aprueba la tasación practicada por la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, estimada en la suma de U.R. 6326,45, por la indemnización que corresponde pagar por la expropiación total del bien padrón No. 53.235, afectado por las obras caratuladas "Refuerzos del interceptor margen izquierda, modificación de vertederos y cruce del Arroyo Miguelete" y obras anexas.

Montevideo, 13 de Marzo de 2000.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la expropiación total del inmueble empadronado con el No. 53.235, afectado por las obras "Refuerzo del interceptor margen izquierda, modificación de vertederos y cruce del Arroyo Miguelete" y obras anexas;
        RESULTANDO: 1o.) que por el Decreto No. 28.209 de fecha 13 de agosto de 1998, la Junta Departamental de Montevideo, facultó a la Intendencia Municipal, a proceder a la expropiación del mencionado predio, siendo promulgado dicho Decreto por Resolución No. 3.294/98 de fecha 24 de agosto de 1998;
        2o.) que por Resolución No. 286/98, de fecha 1o. de setiembre de 1998, se dispuso la expropiación correspondiente;
        3o.) que al procederse a la revisión del testimonio de la sentencia de prescripción adquisitiva, surgió una diferencia entre el metraje establecido en la última resolución mencionada y el real del inmueble según el plano del Agrimensor José Luis Villamil, inscripto en la Dirección General del Catastro el 4 de octubre de 1996;
        4o.) que con fecha 6 de diciembre de 1999, se dicta la Resolución 4.625/99, que establece el área real a expropiar y habilita la prosecución del trámite;

        CONSIDERANDO: 1o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 35.298, por la suma de $ 1.237.580,15, aplicándose la Unidad Reajustable al mes de febrero de 2000 a $ 195,62;
        2o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, es de opinión favorable en que se apruebe la tasación practicada, a efectos de poder contar con el bien en forma inmediata;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar la tasación practicada por la Unidad Expropiaciones de la División Planificación Territorial, estimada en la suma de SEIS MIL TRESCIENTAS VEINTISEIS UNIDADES REAJUSTABLES CON CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO DIEZMILESIMAS (6.326,4445 U.R.) equivalentes a PESOS URUGUAYOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA CON QUINCE CENTESIMOS ($ 1:237.580,15 al mes de febrero de 2000), para la indemnización que corresponde pagar al Sr. Elio Héctor Olmedo Rebollo, C.I. 641.901-9 por la expropiación total del inmueble empadronado con el No. 53.235, que consta de una área de 586 mc. 14 dmc. afectado por las obras "Refuerzo del interceptor margen izquierda, modificación de vertedero y cruce del Arroyo Miguelete" y obras anexas.
        2o.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Unidad Central de Planificación Municipal y a la División Planificación Territorial y pase a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento para la notificación del propietario y en caso de obtenerse su conformidad, tramite estas actuaciones al Servicio de Contabilidad General para la intervención del gasto y posterior devolución a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento a fin de proceder a la escrituración simultánea con el libramiento de la orden de pago, fijándose un plazo de quince (15) días para la desocupación del inmueble bajo apercibimiento de

        procederse al lanzamiento de los ocupantes, a cualquier título, en el plazo de treinta (30) días.
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-