Resolución N° 3483/00/2000
Nro de Expediente:
4330-006916-00
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
31/10/2000


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se calcula la deuda del Nicho No. 1390 ubicado en el 1er. Cuerpo del Cementerio Central, propiedad de la señora Elsa Renée Falco Labandera, con multa y recargos generados hasta el 12 de marzo de 1999, bajo el régimen del Decreto No. 28.323 y se aplica el Art. 25 del Decreto No. 27.803, a la deuda del Nicho No. 1390, a partir del 12 de marzo de 1999 y hasta la fecha.-

Montevideo, 31 de Octubre de 2000.-
 
        VISTO: la gestión de la señora Elsa Renée Falco Labandera, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa Anual de Mantenimiento del Nicho No. 1390, ubicado en el 1er. Cuerpo del Cementerio Central;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante se presentó el 12 de marzo de 1999 a pagar la deuda por dos bienes funerarios, nichos Nos. 1389 y 1390 del Cementerio Central, siendo informada por personal del Servicio Fúnebre y Necrópolis, que debía pagar por uno solo ya que ambos nichos estaban bajo la misma lápida. Firmó un convenio por el nicho No. 1389, recibiendo posteriormente, las facturas por los dos nichos, con una deuda de $ 38.039,00 por el nicho No. 1390, por lo que solicita convenir la deuda del mismo en las condiciones que le hubieran correspondido el 12 de marzo de 1999;
        2o.) que el Servicio Fúnebre y Necrópolis asume el error cometido, ya que cuando se presentan dos títulos funerarios el convenio debe efectuarse en forma indiividual; ;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración Fiscal expresa que corresponde calcular la deuda generada por el Nicho No. 1390 con multa y recargos hasta el 12 de marzo de 1999, bajo el régimen del Decreto No. 28.323 y a partir de la misma fecha aplicar el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, dado que existió error de información por parte de la Administración;



        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte lo informado precedentemente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Calcular la deuda del Nicho No. 1390 ubicado en el 1er. Cuerpo del Cementerio Central, propiedad de la señora Elsa Renée Falco Labandera, con multa y recargos generados hasta el 12 de marzo de 1999, bajo el régimen del Decreto No. 28.323.-
        2o.- Aplicar el Art. 25 del Decreto No. 27.803, a la deuda del Nicho No. 1390, a partir del 12 de marzo de 1999 y hasta la fecha.-
        3o.- Disponer que las sumas adeudadas a partir del 12 de marzo de 1999, se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el mes en que se debían efectuar cada uno de los pagos hasta el mes inmediato anterior al de su pago efectivo.-
        4o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        5o.- Pase por su órden a los Servicios Fúnebre y Necrópolis y de Gestión de Cobro de Morosos para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-