Resolución N° 4105/00
Nro de Expediente:
4701-023897-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
8/11/2000


Tema:
BOLETOS

Resumen:
Autorizar pago montos subsidios Empresas de Transporte Colectivo, venta pasajes estudiantes y jubilados, mes X/00.-

Montevideo, 8 de Noviembre de 2000.-
 
        VISTO: la Resolución No. 132 bis/90, del 28 de febrero de 1990 y su modificativa No. 1.535/95, del 12 de mayo de 1995;
        RESULTANDO: 1º) que por la última de las resoluciones nombradas se modificó la primera, estableciendo que la Intendencia Municipal de Montevideo podrá conceder a las empresas permisarias del transporte colectivo de pasajeros de Montevideo, un adelanto de hasta 80 % de lo abonado en el mes anterior al que se solicita el mismo, por concepto de subsidios de boletos bonificados de jubilados y estudiantes, a cuenta del siguiente mes;
        2º) que el numeral 1) de la Resolución del Tribunal de Cuentas de la República del 7 de febrero de 1996, Carpeta 145757, sobre el procedimiento de adelantos a las Empresas de transporte, establece la necesidad de precisar el porcentaje de adelanto para cada pago;
        3º) que las imputaciones para el pago de los subsidios correspondientes al mes de setiembre-diciembre del presente año no han sido aún intervenidas por el Tribunal de Cuentas de la República;
        4º) que en el mes de octubre del año 2000, las ventas del sistema de transporte presentan una caída del orden del 7,1 % respecto al mismo mes del año anterior, manteniendo la Empresa CUTCSA su participación habitual de los últimos meses;
        5º) que continúan en aplicación las medidas acordadas con los trabajadores a los efectos de reducir los costos de funcionamiento;
        6º) que la Empresa CUTCSA ha dispuesto un conjunto de cesiones de crédito sobre los montos de subsidios a devengar a organismos financieros de plaza;
        CONSIDERANDO: 1º) que corresponde que se pague a todas las empresas del transporte colectivo urbano de pasajeros los montos de subsidios devengados por la venta de boletos de jubilados y estudiantes durante el mes de octubre;
        2º) que el Artículo 107 del Texto Ordenado C.A.F. establece que: " ...... si el Organismo adquirente considera que la demora en la intervención preventiva del Tribunal de Cuentas le ocasiona graves perjuicios a su sistema de abastecimiento podrá, por resolución fundada del ordenador competente y con la misma responsabilidad que apareja la reiteración de un gasto observado, continuar los trámites imprescindibles para evitar tales daños, dando cuenta al Tribunal de Cuentas y sin perjuicio de completarse los restantes trámites, luego de haberse expedido el Tribunal .....";
        3º) que de acuerdo con el seguimiento de la situación económica y financiera de CUTCSA que realiza la División Tránsito y Transporte, resulta conveniente mantener el apoyo al proceso de cambios en la Empresa tendiente a fortalecer su situación económico financiera y a preservar el correcto cumplimiento del servicio público de transporte de pasajeros que presta, con un adelanto a cuenta de las partidas a devengar por el concepto del que se trata, en el mes de noviembre del presente año;
        4º) que los montos de adelanto, además de estar determinados por lo establecido por la Resolución 1.535/95, deben permitir cubrir los montos de las cuotas de las cesiones de crédito definidas por la Empresa CUTCSA;
        5º) que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende conveniente proceder en el mismo sentido;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar el pago de los montos de subsidios devengados por las Empresas de Transporte Colectivo urbano de pasajeros, por la venta de pasajes de estudiantes y jubilados durante el mes de octubre, por los siguientes montos:
        COETC, $ 2:608.043,oo (dos millones seiscientos ocho mil cuarenta y tres pesos uruguayos);
        COME S.A., $ 1:699.247,oo (un millón seiscientos noventa y nueve mil doscientos cuarenta y siete pesos uruguayos);
        CUTCSA, $ 7:176.667,oo (siete millones ciento setenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos uruguayos);
        RAINCOOP, $ 1:464.747,oo (un millón cuatrocientos sesenta y cuatro mil setecientos cuarenta y siete pesos uruguayos);
        UCOT, $ 1:939.614,oo (un millón novecientos treinta y nueve mil seiscientos catorce pesos uruguayos).-
        2º. - Autorizar el pago de un adelanto a la Empresa C.U.T.C.S.A. de $ 3:594.545,oo (tres millones quinientos noventa y cuatro mil quinientos cuarenta y cinco pesos uruguayos), a cuenta de los subsidios a devengar en el mes de noviembre del año 2000.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Tránsito y Transporte y pase al Servicio de Contabilidad General.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-