Resolución N° 87/14/4000
Nro de Expediente:
4112-014233-12
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/2/2014


Tema:
IMPEDIR FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO

Resumen:
Impedir el funcionamiento del establecimiento destinado a stud ubicado en la calle Alberto Susviela Guarch Nº 3536, propiedad del Sr. Aparicio Méndez, hasta tanto se dé cumplimiento a lo intimado.-

Montevideo, 14 de Febrero de 2014.-
 
        VISTO: el funcionamiento del establecimiento destinado a stud ubicado en la calle Alberto Susviela Guarch Nº 3536, propiedad del Sr. Aparicio Méndez;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) con fecha 6VII/13 se realizó una inspección al local, constatándose irregularidades (fs. 10 vta.); b) se intimó al propietario el levantamiento de las observaciones efectuados, a los efectos de dotar al local de condiciones reglamentarias para ser habilitado; c) el 13IX/13 el técnico actuante solicita la baja y b) visto el tiempo transcurrido sin obtener respuesta propicia su clausura hasta tanto se adecue el local y se designe nuevo técnico responsable de la gestión;
        2º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones entiende que corresponde proceder a la clausura provisoria hasta que se dé cumplimiento a lo intimado;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10, la Sra. Intendenta delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran fallas constructivas, etc., debidamente constatadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Impedir el funcionamiento del establecimiento destinado a stud ubicado en la calle Alberto Susviela Guarch Nº 3536, propiedad del Sr. Aparicio Méndez, hasta tanto se de cumplimiento a lo intimado y se designe nuevo técnico que se haga responsable de la gestión.-
        2º.- Comuníquese al Municipio F y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 y pase por su orden a la Oficina Central de este Departamento para su transcripción al Servicio Central de Inspección General y al Servicio de Contralor de la Edificación.-

Arqta. Laura Methol, Directora General (I).-