Resolución N° 635/01/3000
Nro de Expediente:
3360-002566-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
29/6/2001


Tema:
MULTAS HABILITACION

Resumen:
Aplicar multa por Reincidencia y Contumacia a la firma La Estrella S.R.L., ubicada en Avda. Carlos María Ramírez 101.-

Montevideo, 29 de Junio de 2001.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 362/00/3000, del 20/III/00, se dispuso aplicar una multa de U.R. 5,9364 (Unidades Reajustables cinco con nueve mil trescientas sesenta y cuatro diezmilésimas) a la firma La Estrella Ltda., R.U.C. 211317320015, propietaria del establecimiento destinado a rotisería, sito en la Avda. Dr. Carlos María Ramírez No. 101, cuyo representante legal es el Sr. Fernando Fernández, C.I. 1.174.305-7, con igual domicilio a los efectos legales, por encontrarse en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        RESULTANDO: 1o) que pese a las intimaciones efectuadas y a los plazos concedidos, no se ha procedido a levantar las observaciones efectuadas (graficar patio posterior aclarando si pertenece al mismo padrón, restituir la ventilación del servicio higiénico y vestuario, graficar el lavabo en el local 2 y reparar el revoque en su entorno);
        2o) que por lo expuesto el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 sugiere la aplicación de una multa de U.R. 8,9046 a la firma de obrados por infracción al Decreto No. 21626 promulgado el 23/IV/84 y de acuerdo a lo establecido en la Sección XIII, Arts. 14, 21 y 22 (Reincidencia y contumacia);
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas hasta U.R. 55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8,9046 ( Unidades Reajustables ocho con nueve mil cuarenta y seis diezmilésimas ) a la firma La Estrella Ltda., R.U.C. 211317320015, propietaria del establecimiento destinado a rotisería, sito en Avda. Dr. Carlos María Ramírez No. 101, cuyo representante legal es el Sr. Fernando Fernández C.I. 1.174.305-7, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a efectos de gestionar el cobro de la misma.-
        3.- Pase por su orden al Sector Despacho de este Departamento para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Nro. 14.-

SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS , Director General del Departamento de Descentralización.-