Resolución N° 1880/01
Nro de Expediente:
3020-000128-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
31/5/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar proyecto de convenio a suscribirse con esta Comuna y la Institución Juventud Para Cristo, relacionada con la obra social que realiza la Institución a través de la organización, ocupación y formación de jóvenes en situación de extrema pobreza, a condición de que al mismo tiempo, se obtengan beneficios para la comunidad.-

Montevideo, 31 de Mayo de 2001.-
 
      VISTO: que la Unidad de Convenios eleva estas actuaciones tendientes a la firma de un convenio con la Institución Juventud Para Cristo;
      RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue la renovación de las tareas de limpieza en diferentes locales dependientes del Departamento de Descentralización;
      2o.) que dicha organización ha venido cumpliendo la tarea desde hace ya varios años, habiendo sido seleccionada en función al llamado público realizado entre organizaciones no gubernamentales integrantes del registro aprobado por Resolución No. 13.754/93;
      3o.) que se efectuó solicitud SEFI Nro. 47050;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Descentralización se manifiesta de conformidad;
      2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Aprobar el texto de un convenio a suscribirse con la Institución Juventud Para Cristo, en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los ..........días del mes de...........del año dos mil uno, POR UNA PARTE, la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada en este acto por............, con domicilio en esta ciudad en la Av. 18 de Julio No. 1360, y POR OTRA PARTE: la Institución Juventud Para Cristo, en adelante la Institución, representada por .......... ......, con domicilio en esta ciudad en la calle Ciudad de Bahía Blanca No. 2464, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: La Intendencia efectuó oportunamente un llamado público a Organizaciones No Gubernamentales sin fines de lucro, inegrantes del Registro aprobado por Resolución No. 13.754/93. La Institución seleccionada lleva a cabo la formación de valores humanos mediante la dinámica de trabajo personal y comunitario, realizando políticas educativas destinadas a jóvenes en situación de vulnerabilidad.- SEGUNDO: OBJETO: El objeto del presente convenio es colaborar con la obra social que realiza la Institución a través de la organización, ocupación y formación de jóvenes en situación de pobreza extrema, a condición de que al mismo tiempo, se obtengan beneficios para la comunidad por medio del cumplimiento de tareas programadas.- TERCERO: APORTE DE LA INSTITUCION: A los efectos referidos la Institución seleccionará 7 (siete) jóvenes educandos que realizarán la tarea educativo-laboral en la limpieza de los locales dependientes del Departamento de Descentralización, quienes cumplirán tareas de lunes a viernes, en jornadas de cuatro horas diarias para las funciones preestablecidas en el pliego de condiciones del llamado realizado oportunamente, e igual número de suplentes para las referidas funciones, con el fin de integrarse a las siguientes dependencias municipales: Servicio Centro Comunal Zonal No.6, sito en la calle Asilo No. 3579; Junta Local de la Zona No. 7, sita en la calle Orinoco No. 1400, Servicio Centro Comunal Zonal No. 8, sito en la Av. Bolivia No. 2485, Junta Local de la Zona No. 8, sita en Avda. Bolivia Nro. 2178.- Las inasistencias serán registradas por el referente del Servicio Municipal correspondiente, quien las comunicará mensualmente en forma escrita a la Unidad de Convenios y deberán ser repuestas en el mes inmediato posterior a su registro. Dichas inasistencias serán objeto de análisis como parte del proceso educativo implementado por la Institución quien además podrá hacer cambios en el grupo de educandos en función del asesoramiento del equipo técnico de la Institución y previo acuerdo entre el Servicio Municipal y la Unidad de Convenios.-. Estos jóvenes estarán bajo la supervisión de un responsable del Servicio en el que se realicen las tareas y un coordinador designado por la Institución. Dicho coordinador tendrá una carga horaria de 18 (dieciocho) horas semanales quien apoyará a los jóvenes en las tareas planificadas por el Servicio y será el nexo institucional ante este último y la Unidad de Convenios.- CUARTO: APORTE DE LA INTENDENCIA: La Intendencia transferirá a la Institución por concepto de donación modal, la suma de $ 403.089,oo (pesos uruguayos cuatrocientos tres mil ochenta y nueve) el que se abonarán de la siguiente manera: $ 10.157,oo ( pesos uruguayos diez mil ciento cincuenta y siete) a la firma del Convenio y 12 ( doce) cuotas mensuales iguales y consecutivas de $ 31.241,oo ( pesos uruguayos treinta y un mil doscientos cuarenta y uno).- A las cuotas 6 y 11 se les adicionará la suma de $ 9.020,oo ( pesos uruguayos nueve mil veinte), a cada una, que se abonarán antes del 15/XII/01, y antes del 15/V/02, respectivamente. Todos estos montos se reajustarán semestralmente de acuerdo a la variación del Indice de Precios al Consumo. El monto total incluye un 12,5% calculado sobre los montos tansferidos, que será destinado para el apoyo de la propuesta educativa de la Institución. Se prevé un fondo equivalente al 10% del monto total de la transferencia para la atención de imprevistos.- QUINTO: SEGUIMIENTO Y EVALUACION: A efectos de cumplir con la evaluación y seguimiento de la tarea educativa, los técnicos de la Unidad de Convenios, los funcionarios referentes, el coordinador de la Institución y los Directores de cada Servicio Municipal, evaluarán en conjunto con la Institución el desempeño de los jóvenes en la tarea, como insumo para la evaluación del proceso educativo de la experiencia laboral. Por su parte, la Institución deberá presentar dentro del mes siguiente a la suscripción del Convenio, la agenda del apoyo pedagógico que realizará y, en forma cuatrimestral, informes de evaluación ante la citada Unidad de Convenios, con quien se evaluará el proceso educativo implementado por la Institución.- La Unidad de Convenios y los referentes de cada servicio evaluarán conjuntamente la gestión del coordinador. SEXTO: RENDICION DE CUENTAS: La Institución deberá rendir cuentas mensualmente ante la Intendencia de la utilización de los fondos transferidos. La Intendencia se reserva el derecho de efectuar auditorías que permitan verificar que el destino de los fondos transferidos sea el pactado en el presente convenio.- En los casos en que se traten de consorcios o asociaciones de ONG.s., se deberá presentar una única rendición de cuentas comprensiva del total de la actividad realizada, siendo responsable la entidad representante.- En caso de incumplimiento de la presentación de las referidas rendiciones por más de 2 ( dos) meses, no se realizará el pago respectivo.- SEPTIMO: RESPONSABILIDADES: Todo lo vinculado a la relación laboral trabada así como las obligaciones generadas con otros organismos estatales será responsabilidad de la Institución, no teniendo la Intendencia ninguna obligación más que las estipuladas en el presente Convenio.- OCTAVO: PLAZO: El plazo de este convenio será de un año a partir del 1/VI/01, y podrá ser renovado evaluación mediante, por única vez por plazo equivalente.- NOVENO: ACCIDENTES DE TRABAJO: En caso de que los educandos sufriesen cualquier accidente con motivo del cumplimiento de su trabajo, la responsabilidad será de la Institución compareciente.- DECIMO: INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento de lo acordado entre las partes habilitará la rescisión inmediata del presente instrumento. Para constancia y en señal de conformidad las partes suscriben dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
      2.- Delegar en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de firmar el convenio cuyo texto por el numeral anterior se aprueba.-
      3.- Establecer que las presentes actuaciones se remitan al comienzo del próximo ejercicio, a la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización para la imputación del gasto correspondiente.-
      4.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; División Región Centro; Servicios de Escribanía, de Relaciones Públicas; Prensa y Comunicación; Unidades Central de Presupuesto y de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización y pase -por su orden- al Servicio de Contabilidad General y a la Unidad de Convenios.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-