Resolución N° 3903/04
Nro de Expediente:
2220-001904-02
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
16/8/2004


Tema:
EXONERACIONES - PATENTE DE RODADOS

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto facultando a la Intendencia Municipal de Montevideo para exonerar a la Iglesia Anglicana del Uruguay, del pago del 80% del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrón No. 993.572, matrícula No. SAD 6960, por el período 2000 a 2002 inclusive y padrón No. 389.296, matrícula No. SAD 7012, por el período 1992 a 2002, inclusive.-

Montevideo, 16 de Agosto de 2004.-
 
        VISTO: la gestión de la Iglesia Anglicana del Uruguay, solicitando exoneración de pago del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrones Nos. 993.572 y 389.296, matrículas Nos. SAD 6960 y SAD 7012, respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que los mencionados vehículos están destinados exclusivamente para la obra social y los fines de la institución;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Vehiculares manifiesta que la entidad peticionante no posee antecedentes de exoneración, quedando a la discrecionalidad de la Dirección Superior determinar si los fundamentos expuestos ameritan promover la exención solicitada respecto de los vehículos, de acuerdo al siguiente detalle: padrón No. 993.572 por el período 2000 a 2002 inclusive, y padrón No. 389.296 por el período 1992 a 2002 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir las sumas aproximadas de $ 25.366,00 por el padrón No. 993.572 y $ 50.475,00 por el padrón No. 389.296;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Profesional del Departamento de Recursos Financieros expresa que no existe norma que ampare lo pretendido. Un tratamiento excepcional requerirá la anuencia de la Junta Departamental de Montevideo;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que procede otorgar a la gestionante la exención del 80% del tributo de Patente de Rodados, hasta el ejercicio 2002 inclusive, previa anuencia de la Junta Departamental de Montevideo, disponiendo para el 20% restante, la aplicación del Art. 25 del Decreto No. 27.803 durante el tiempo que estuvo retenido el expediente para ser analizado por la Administración;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para exonerar a la Iglesia Anglicana del Uruguay, del pago del ochenta por ciento (80%) del tributo de Patente de Rodados que grava a los vehículos de su propiedad padrón No. 993.572, matrícula No. SAD 6960, por el período 2000 a 2002 inclusive y padrón No. 389.296, matrícula No. SAD 7012, por el período 1992 a 2002, inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma total aproximada de $ 60.673,00.-
          Artículo 2o.- Comuníquese.-
        2o.- Disponer para el veinte por ciento (20%) restante la aplicación del Art. 25 del Decreto No. 27.803, durante el tiempo que estuvo retenido el expediente para ser analizado por la Administración.-
        3o.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-