Resolución N° 195/02
Nro de Expediente:
6380-000450-01
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
14/1/2002


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se remite a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, proyecto de Decreto para aplicar una multa de 200 UR a la firma 1577 S.R.L., sita en la calle Ferreira y Artigas No. 346 Bis.

Montevideo, 14 de Enero de 2002.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la firma 1577 S.R.L., RUC 213318480012, sita en la calle Ferreira y Artigas No. 346, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, que gira en el ramo de curtiembre;
        RESULTANDO: 1o.) que la Unidad de Efluentes Industriales informa, que en inspección realizada a la mencionada empresa con fecha 14 de agosto de 2001, según Acta No. 1941, se extrajo una muestra del efluente vertido directamente al colector, en cuyo análisis se observa que el líquido contiene pH, cromo y plomo, que superan ampliamente los límites máximos, establecidos en el Plan de Descontaminación Industrial, aprobado por Resolución No. 761/96 de la Intendencia Municipal de Montevideo;
        2o.) que se continúa informando, que la empresa de referencia ha infringido lo establecido en los Artículos 4o. (Condiciones de las aguas efluentes vertidas a cursos de aguas) y 11o. (Penalidades por incumplimiento) del Decreto No. 13.982 de la Junta Departamental de Montevideo (Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales);
        3o.) que dicha firma desde el 11 de octubre de 2000, no cuenta con un técnico responsable de la planta de tratamiento, por lo que se le aplicó una sanción por la suma de 70 U.R., Resolución Nº 2788/01 de fecha 30 de julio de 2001;
        CONSIDERANDO: 1o.) que con fecha 30 de octubre de 2001, según consta en actuación No. 189712, se dio vista a la firma 1577 SRL. de las actuaciones, otorgándosele un plazo de 10 días para que presentara descargos, vencido el mismo, la firma infractora no los ha presentado;
        2o.) que el Director de la División Saneamiento y el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental son de opinión favorable, en que se solicite anuencia a la Junta Departamental de Montevideo, para la aplicación de una multa de 200 Unidades Reajustables;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO:
        Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo a aplicar una multa de DOSCIENTAS UNIDADES REAJUSTABLES (200 U.R.), a la firma 1577 S.R.L., RUC 213318480012, sita en la calle Ferreira y Artigas No. 346 Bis, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, por infringir el Artículo 4o. (Condiciones de las aguas efluentes vertidas a cursos de aguas), del Decreto No. 13.982 (Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales) y en concordancia con el Artículo 11o. (Penalidades por incumplimiento) del mencionado Decreto.
        Artículo 2o.- Comuníquese.
        2o.-Pase a la Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.
ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (i).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-