Resolución N° 1531/23
Nro de Expediente:
2022-6440-98-000070
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
20/03/2023


Tema:
PROMULGACIONES DE DECRETO

Resumen:
PROMULGACIÓN DE DECRETO. SE PROMULGA DECRETO Nº 38.229 Y SE AUTORIZA DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR EL ART. D.223.8, LITERAL B Y D.223.40 DEL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL, A AUTORIZAR DESDE EL PUNTO DE VISTA URBANO-PATRIMONIAL Y EN CARÁCTER DE MODIFICACIÓN CUALIFICADA DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL LOS SIGUIENTES APARTAMIENTOS NORMATIVOS PARA EL PREDIO EMPADRONADO CON EL N.º 22.699, SITO CON FRENTE A LA CALLE CHARRÚA N.º 2210.-

Montevideo, 20 de Marzo de 2023.-
 

                         VISTO: el Decreto Nº 38.229 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 9 de marzo de 2023 por el cual de conformidad con la Resolución Nº 0188/23 de 09/01/23 se faculta a este Ejecutivo, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. D.223.8, literal b y D.223.40 del Volumen IV del Digesto Departamental, a autorizar desde el punto de vista urbano-patrimonial y en carácter de modificación cualificada del Plan de Ordenamiento Territorial los siguientes apartamientos normativos para el predio empadronado con el N.º 22.699, sito con frente a la calle Charrúa N.º 2210;

                      
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Promúlgase el Decreto Nº 38.229 sancionado el 9 de marzo de 2023.-

2º. Autorizar de acuerdo a lo dispuesto por el Art. D.223.8, literal b y D.223.40 del Volumen IV del Digesto Departamental, a autorizar desde el punto de vista urbano-patrimonial y en carácter de modificación cualificada del Plan de Ordenamiento Territorial los siguientes apartamientos normativos para el predio empadronado con el N.º 22.699, sito con frente a la calle Charrúa N.º 2210:

a) el exceso en la profundidad del acordamiento generado por el padrón n.º 22.698

b) un cuerpo cerrado saliente a partir del tercer nivel que se excede en 12 m2 (6%) respecto a la normativa.-

3º. Disponer que el gestionante deberá cumplir con lo establecido por la Junta Departamental de Montevideo en los artículos 2º a 5º del Decreto que se promulga.-

4º. Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Planificación Territorial, a Contaduría General, a la Gerencia de Permisos de Construcción, a los Servicios de Escribanía, Ingeniería de Tránsito y Catastro y Avalúos, a las Unidades para la Protección del Patrimonio, Normas Técnicas, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica y a la Comisión Especial Permanente de Montevideo y pase por su orden al Sector Despacho para su incorporación al Registro y al Departamento de Desarrollo Urbano para proseguir con los trámites pertinentes.-


 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-