| Resolución N° 1255/99 | Nro de Expediente:
253222 |
| RECURSOS FINANCIEROS | Fecha de Aprobación:
12/4/1999 |
Tema:
EXONERACIONES
Resumen:
Se exonera a la Asociación Civil "Congregación de Hermanas Trinitarias", del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 50.694 y 45.775, por el ejercicio 1997.-
Montevideo, 12 de Abril de 1999.- |
VISTO: la gestión realizada por la Asociación Civil "Congregación de Hermanas Trinitarias", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 50.694 y 45.775, ubicados en Av. Sayago No. 1111 y Luis Lasagna No. 6283, por el ejercicio 1997;
RESULTANDO: que la mencionada Asociación ya fue beneficiada con la franquicia fiscal, según Decreto No. 27.704 de 7 de agosto de 1997 promulgado por Resolución No. 3.034/97 del 26 de agosto de 1997 y Resolución Interna No. 4634/97 del 12 de setiembre de 1997, por el ejercicio 1996;
CONSIDERANDO: 1o.) que dentro del ordenamiento jurídico departamental no existe norma que permita acceder a la petición de obrados, no obstante, teniendo en cuenta las actividades particularmente relevantes que desarrolla la institución peticionante, procede acceder a lo impetrado, previa anuencia de la Junta Departamental de Montevideo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para exonerar a la Asociación Civil "Congregación de Hermanas Trinitarias", del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria, que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 50.694 y 45.775, ubicados Av. Sayago No. 1111 y Luis Lasagna No. 6283, respectivamente, por el ejercicio 1997.-
Artículo 2o.- Comuníquese.-
2o.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
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| Arq. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.- |
| Dra. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.- |
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