Resolución N° 906/01/3000
Nro de Expediente:
3220-018497-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
7/9/2001


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 16,3250, a la firma Oyal S.R.L., responsable del toldo de lona colocado sin el correspondiente permiso municipal en la finca sita en la calle Yaguarón No. 1546.-

Montevideo, 7 de Setiembre de 2001.-
 
        VISTO: que por Resoluciones Nros. 1565/00/3000, del 02/XI/00 y 288/01/3000, del 22/III/01, se dispuso aplicar una multa de U.R. 8,1625 (Unidades Reajustables ocho con un mil seiscientas veinticinco diezmilésimas) y U.R. 12,2437 (Unidades Reajustables doce con dos mil cuatrocientas treinta y siete diezmilésimas), a la firma Oyal S.R.L., R.U.C. 21.365624.0010, responsable del toldo de lona colocado sin el correspondiente permiso municipal en la finca sita en la calle Yaguarón No. 1546, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa con fecha 30/V/01, que pese a los plazos concedidos y a la sanciones aplicadas, no se procedió a regularizar la situación, por lo que correspondería aplicar una multa de U.R. 16,3250, según lo que establece la Secc. II, Art. 3o., numeral 16, (2da. reincidencia y contumacia) del Decreto No. 21626;
        2o.) que la Dirección Profesional de este Departamento, sugiere la aplicación de la multa de referencia por no haber levantado las observaciones efectuadas;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas



        hasta un monto de U.R. 55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 16,3250 (Unidades Reajustables dieciséis con tres mil doscientas cincuenta diezmilésimas) a la firma Oyal S.R.L., R.U.C. 21.365624.0010, responsable del toldo de lona ubicado en la calle Yaguarón No. 1546, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento, para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1.-. 1 y Central de Inspección General para notificación al interesado y pase al Departamento de Descentralización.-

SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Director General del Departamento de Descentralización.-