Resolución N° 2637/00
Nro de Expediente:
4113-000762-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
31/7/2000


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
No ha lugar regularización construcciones existentes Avda. Acosta y Lara Nº 7205, tolerando mantenimiento condicionado.-

Montevideo, 31 de Julio de 2000.-
 
        VISTO: que por Permiso de Construcción Nº 4113-000762-00, se solicita regularizar las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 63.355, sito con frente a la Avda. Arq. Acosta y Lara Nº 7205, según gráficos del Arq. Marcelo Cordara;
        RESULTANDO: 1º) que con fecha 10/V/99, el técnico actuante expresa que se trata de construcciones que invaden retiro frontal y espacio público, que el predio es lindero con un asentamiento informal que ocupa el espacio público sobre el Arroyo Carrasco, destinado a una futura rambla o parque, e invaden parcialmente el predio en cuestión, la situación plantea graves problemas de seguridad, por lo que los propietarios vieron la necesidad de construir un muro perimetral sin saber la reglamentación que expresamente lo prohibe, dicho muro no corresponde exactamente al límite del predio, donde en algunos sectores invade el espacio público y en otro deja parte del propio predio afuera;
        2º) que la Comisión Especial Permanente de Carrasco y Punta Gorda considera que dada la particularidad de la situación planteada, pueden mantenerse las construcciones en tanto no se resuelva la coexistencia de las mismas con el asentamiento informal existente y la formalización del espacio público proyectado por la Intendencia Municipal, en cuyo caso se procederá a la inmediata demolición de dichas construcciones;
        3º) que la Unidad para la Protección del Patrimonio Edilicio, Urbanístico y Ambiental informa de la viabilidad del mantenimiento de las construcciones implantadas en el área "non edificandi" sin que genere derecho alguno al solicitante y hasta que la Intendencia Municipal lo entienda conveniente;
        4°) que la División Planificación Territorial comparte los informes de la mencionada Comisión y de la Unidad y considera razonable el mantenimiento de las construcciones hasta tanto se modifiquen las actuales condicionantes en cuyo caso se deberá proceder a su demolición;
        5º) que el Servicio de Contralor de Edificaciones comparte lo expresado, por lo que puede autorizarse su mantenimiento con carácter temporal, hasta tanto no se modifiquen las condiciones urbanas actuales;
        6º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia se autorice con carácter precario y revocable y condicionado a que no se reconocerá derecho alguno sobre el área pública ocupada ni indemnización en caso de que la administración disponga la demolición de las mismas y de las que ocupan área de retiro frontal;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar a la regularización de las construcciones existentes en el predio empadronado con el Nº 63.355, sito con frente a la Avda. Arq. Acosta y Lara Nº 7205, que según gráficos del Arq. Marcelo Cordara, del Permiso de Construcción Nº 4113-000762-00, ocupan zona de retiro frontal y espacio público.-
        2º.- Tolerar su mantenimiento con carácter precario y revocable, condicionado a que no se reconocerá derecho alguno sobre el área pública ocupada ni indemnización en caso de que la Administración disponga la demolición de las mismas y de las que ocupan área de retiro frontal.-
        3º.- Disponer que el Servicio de Contralor de Edificaciones deje constancia en forma destacada en los gráficos y junto al sello de aprobación del mencionado Permiso de Construcción de lo resuelto en los numerales 1º y 2º del presente acto administrativo.-
        4º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente, de Recursos Financieros y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-