Resolución N° 300/11/5500
Nro de Expediente:
9592-003256-11
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
2/12/2011


Tema:
CLAUSURA Y MULTA

Resumen:
Se dispone clausura de panadería La Numancia SRL, sita en Gabriel Pereira No. 3093, por comprobarse diversas irregularidades.-

Montevideo, 2 de Diciembre de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a Panadería, sito en la calle Dr. Gabriel Pereira No. 3093, propiedad de la firma La Numancia S.R.L., R.U.T. 210245920013, cuyo representante legal es el Sr. Julio César Agazzi Monti, C.I. 1.845.245-5, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que la Sección Tecnología e Higiene Alimentaria informa que en inspección realizada en el establecimiento de referencia, con fecha 29/XI/11, según consta en Acta Nro. 38215, se pudo comprobar las siguientes irregularidades: a) falta de higiene en general en todos los sectores; b) resultado análisis micriobilogógico sobre muestra de salpicón de pollo; y c) falta de carné de salud de ocho empleados;
        2o.) que el Servicio de Regulación Alimentaria, expresa que en mérito a lo informado y atento a lo expuesto precedentemente estima que corresponde aplicar dos multas de 54 U.R. c/u y 8 multas de U.R. 5 c/u, por infringir lo dispuesto en los Arts. D. 894.a), D.895.b) y D.899.g) del Decreto 27.235 de fecha 12/IX/96, como asimismo disponer, conforme a lo establecido en el Art. 894, su inmediata clausura;
        3o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3092/10 y 3080/10, de 12/VII/10, la señora. Intendenta delegó en la Directora General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de aplicar multas de hasta 55 UR e impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran razones urgentes de salubridad, fallas constructivas y otras transgresiones a la normativa departamental vigente,
        debidamente constatadas, respectivamente;
        LA DIRECTORA GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Clausurar el establecimiento destinado a Panadería, propiedad de firma La Numancia S.R.L., R.U.T. 210245920013, sito en la calle Dr. Gabriel Pereira No. 3093, cuyo representante legal es la Sr. Julio César Agazzi Monti, C.I. 1.845.245-5, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2. Aplicar al infractor dos multas de U.R. 54 (Unidades Reajustables cincuenta y 8 (ocho) multas de U.R. 5 c/u, por infringir lo dispuesto en los Arts. D. 894.a) D.895.b) y D.899.g) del Decreto 27.235 de fecha 12/IX/96.-
        3. Establecer que el Servicio Central de Inspección General, al hacer efectiva la clausura, notificará al interesado que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar en el Servicio de Regulación Alimentaria, la reapertura de su comercio, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        4. Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Jefatura de Policía de Montevideo, a la División Salud, al Servicio de Inspección General (Unidades de Clausuras) y pase al de Regulación Alimentaria a sus efectos.-

PROF. MARIA SARA RIBERO, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-