Resolución N° 300/12
Nro de Expediente:
9055-006414-11
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
20/1/2012


Tema:
CONTRATACIONES

Resumen:
Se aprueban las cláusulas del Contrato de Auditoría Técnica y Compromiso de Contrato, como COMPRA DIRECTA POR EXCEPCION, entre "BLUE SOUTH (BLUE ESCO S.A.)" y esta Intendencia, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 33º, numeral 3, literal X del T.O.C.A.F., para el ahorro de los recursos hídricos y eléctricos de las Unidades Jardín Zoológico y Planetario.

Montevideo, 20 de Enero de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Artes y Ciencias;
        RESULTANDO: 1º.) que en las mismas solicita la aprobación del contrato de auditoría técnica y compromiso de contrato de desempeño de la firma "BLUE ESCO S.A." con la Intendencia de Montevideo, para el ahorro de los recursos hídricos y eléctricos en la Unidad Jardín Zoológico Villa Dolores y Planetario "Ing. Agrim. Germán Barbato";
        2º.) que a fs. 62, la Unidad Asesoría puntualiza los aspectos que deberían corregirse sobre el proyecto de contratación presentado;
        3º.) que el Servicio de Compras y la Gerencia de Compras se manifiestan de conformidad en adjudicar la Compra Directa por Excepción referida, al amparo de lo establecido en el Art. 33º numeral 3, literal X del T.O.C.A.F., señalando que, a fs. 40, se encuentra el estimado a abonar a la firma contratada durante 2012 y 2013, en función del ahorro efectivo, $ 3:292.631,64 (pesos uruguayos tres millones doscientos noventa y dos mil seiscientos treinta y uno con 64/100) por cada año;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente dictar resolución en tal sentido;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar las cláusulas del siguiente Contrato de Auditoría Técnica y Compromiso de Contrato, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 33º, numeral 3, literal X del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera: COMPRA DIRECTA POR EXCEPCION. En la ciudad de Montevideo, a los ......... días del mes de ..................... de 2012. POR UNA PARTE: "BLUE SOUTH (BLUE ESCO S.A.)" (inscripta en la DGI con el número de RUT 216496800018, representada por ......................... con domicilio fiscal y particular en la Calle Av. Gral Rivera 2489/801, Montevideo, Código Postal 11600, a quien en adelante se denominará "la ESCO". POR OTRA PARTE: la Intendencia de Montevideo, inscripta en la DGI con el número de RUT 211763350018, representada por ......................, con domicilio en Av. 18 de Julio 1360, Montevideo, Código Postal 11200, en adelante "la I. de M.", las partes han convenido otorgar un contrato de auditoría técnica y compromiso de contrato de desempeño, que se regirá por las siguientes disposiciones:
        PRIMERO: CONTRATACION DE AUDITORIA - La I. de M. encarga a la ESCO referida, la realización de una auditoría técnica, destinada al estudio del ahorro que se podría realizar en su dependencia, el predio del Jardín Zoológico Villa Dolores y el Planetario "Ing. Agrim. Germán Barbato", ubicados en Av. Gral. Rivera 3245 y 3275, respectivamente, respecto de los siguientes consumos de: a) Energía Eléctrica, b) Recursos Hídricos. El cliente debe permitir al personal de la ESCO, el acceso adecuado a sus instalaciones como a su personal, con el objetivo de asegurar el entendimiento por parte de la ESCO de los sistemas y procesos existentes y de sus oportunidades de mejoras. La I. de M. deberá otorgar a la ESCO el acceso a toda la información necesaria para las tareas. La ESCO estará de acuerdo en trabajar diligentemente en la recolección de los datos y en validar la información recogida. También se obliga a realizar la auditoría referida siendo de su exclusivo costo, los sueldo, leyes sociales y conceptos anexos de todo el personal que se utilice, así como el del instrumental a utilizar.
        SEGUNDO: CONTRATO DE DESEMPEÑO O PERFORMANCE - Finalizado el plazo 20 (veinte) días hábiles de haberse recibido el Primer Informe de Auditoría sin que el cliente hubiera realizado observaciones o, una vez que las mismas fueran resueltas entre las partes, se deberá otorgar por las partes, un contrato de desempeño o performance. El documento, que regulará la relación futura con las medidas que permitan el ahorro, y en su caso el equipamiento a adquirirse, la forma de pago de los honorarios y del pago de la financiación del equipamiento y situaciones conexas, se formalizará teniendo en cuenta las normas que se establecen a continuación y las estipulaciones que se establecen en este documento, las que en caso de corresponder se deberán repetir en dicho contrato. Al fin de la aplicación del contrato y finalizado el plazo contractual y realizados los pagos convenidos, los equipos y sistemas quedarán en beneficio exclusivo del cliente, quien recibirá en adelante la totalidad de los ahorros económicos generados.
        TERCERO: NORMAS A LAS QUE SE AJUSTARÁ EL CONTRATO DE DESEMPEÑO -
          1.- Proyecto de Ahorro - La I. de M. se obliga a realizar las indicaciones, proyectos y resoluciones que realice la ESCO, para la aplicación del proyecto de ahorro respectivo, establecidas en el Informe Final de la auditoría.
          2.- Equipamiento - La ESCO se hará cargo de los costos de obras y adquisición del equipamiento que sea necesario para lograr los ahorros propuestos.
          3.- Indices para evaluar el ahorro - La ESCO acordará la Línea de Base con la I. de M.. Mes a mes se observarán y cuantificarán los consumos. Por medio del monitoreo y verificación se podrá asegurar que el proyecto esté obteniendo los resultados estimados, caso contrario se corregirán.
          4.- Distribución del Ahorro - Del ahorro que se produzca, en la oportunidad que correspondería efectuar los pagos ante el Organismo o Empresa que percibía los importes devengados por los consumos, se realizarán amortizaciones mensuales por parte de la I. de M. a favor de la ESCO, una parte para el pago del equipamiento incorporado y su eventual financiación y otra para el pago de los gastos y honorarios de la ESCO. El período de distribución del ahorro será desde un mínimo de 24 (veinticuatro) meses a un máximo de 36 (treinta y seis) meses. La ESCO propone que los ahorros compartidos sean de un 50 % (cincuenta por ciento) para la ESCO y de un 50 % (cincuenta por ciento) para la I. de M. durante un período de contrato de 24 (veinticuatro) meses.-
          5.- Obligaciones complementarias del cliente. La I. de M. deberá: a) aplicar en la utilización y mantenimiento del equipamiento las indicaciones de la ESCO y las normas establecidas en los respectivos manuales de los fabricantes que serán entregadas con el equipamiento; b) utilizar en el uso y mantenimiento del equipamiento, personal que haya sido adecuadamente capacitado y entrenado previamente por la ESCO. En caso de incumplimiento de ambas normas el cliente será responsable de reponer la parte del equipamiento que se haya afectado por la incorrecta operación o mantenimiento.
        CUARTO: NORMAS GENERALES APLICABLES A ESTE DOCUMENTO Y AL DEL CONTRATO DE DESEMPEÑO O PERFORMANCE -
          A) MORA. La mora se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos pactados, o por hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.
          B) DOMICILIOS ESPECIALES Y TELEGRAMA COLACIONADO. Para todos los efectos a que dé lugar este documento las partes fijan como domicilios especiales los respectivamente indicados como suyos en la comparecencia del mismo y aceptan desde ya como auténticas y válidas las notificaciones dirigidas a los mismos mediante telegrama colacionado.
          C) INCUMPLIMIENTO. La parte que no cumpla con todas o alguna de las obligaciones que asume por el presente convenio o lo haga tardía o parcialmente, deberá abonar los daños y perjuicios que se pruebe haber ocasionado a la otra parte con el incumplimiento.
          D) OTROS ASPECTOS A INCLUIR EN EL CONTRATO DE DESEMPEÑO.
          - Descripción del estado actual: inventario de equipos y procedimientos existentes, fotos, videos, etc.
          - Equipos a ser instalados, propiedad de los mismos.
          - Formas de pago, causas de incumplimiento, esquemas de compensaciones (multas, penalizaciones, etc.)
          - Línea de base de consumo de energía o agua y metodologías de ajuste y de medición y verificación de ahorros.
          - Previsiones para la toma de decisiones en el caso de desviaciones respecto al plan original.
          - Calendario del proyecto (Cronograma)
          - Responsabilidades de las partes durante el contrato de desempeño y después de él.
          - Contrato de arrendamiento, de compra-venta, de financiamiento, de garantías.
          - Eventos imprevistos y variables externas al trabajo.
          - Confidencialidad y exclusividad.
        FIRMAS-
        La elaboración del Contrato de Desempeño se iniciará con la firma de este acuerdo. Para acordar conjuntamente la aceptación de la propuesta, estando de acuerdo con cada uno de los puntos expuestos, se firman dos ejemplares de igual tenor, el día ......... del mes ..................... de 2012.-
        2º.- Comuníquese a la Secretaría General; al Departamento de Cultura; a la División Artes y Ciencias; a la Gerencia de Compras; a las Unidades Jardín Zoológico Villa Dolores, Planetario "Ing. Agrim. Germán Barbato y de Asesoría; y pase al Servicio de Compras, para la notificación correspondiente

        y demás efectos.-
PROF. MARIA SARA RIBERO, Intendenta de Montevideo (I).-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-