Resolución N° 534/15/8000
Nro de Expediente:
8010-0002597-15
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
18/11/2015


Tema:
ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar el uso del espacio ubicado en las proximidades del Castillito del Parque Rodó, para la proyección de cine al aire libre en el marco del proyecto denominado "Cultura en Primavera" a llevarse a cabo el día 20 de noviembre de 2015 (cobertura por clima el 21 y 22/XI/2015).-

Montevideo, 18 de Noviembre de 2015.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la solicitud de uso de un espacio público para la proyección de cine al aire libre en el marco del proyecto organizado por este Departamento denominado "Cultura en Primavera";
        RESULTANDO: 1o.) que la Oficina Locaciones Montevideanas informa que el espacio público a utilizar el día 20 de noviembre de 2015 (cobertura por clima 21 y 22/XI/2015) es el ubicado en las proximidades del Castillito del Parque Rodó;
        2o.) que la Unidad de Concesiones del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño recomienda el cumplimiento de los siguientes aspectos:
        • Por tratarse de una actividad dentro de la zona del Castillito del Parque Rodó, deberá ser evaluado por Promoción Cultural;
        • El espacio deberá ser devuelto una vez culminada la actividad en perfecto estado;
        • Tomar todas las medidas necesarias con cuidado ambiental del espacio, instalando recipientes para residuos en cantidad y dimensiones adecuadas al evento, a ser mantenidos por el propio interesado, así como realizar el barrido de la zona a ocupar;
        • En caso de ocupar y/o realizar maniobras en la calzada que puedan generar riesgos al tránsito vehicular, deberá requerir el apoyo y la autorización de la División Tránsito, así como cumplir con las condiciones que dicha dependencia establezca;
        • No se permite en ningún momento acceder con vehículos cualesquiera sea su tipo sobre las aceras, particularmente en el montaje y retiro de las estructuras del evento si las hubiese;
        • El espacio que se encuentre concesionado a un tercero, deberá contar con anuencia de las autoridades a cargo de dicha concesión;
        • No afectar pavimentos, elementos vegetales y todo otro equipamiento de la zona;
        • Deberá preverse la mitigación de cualquier impacto al ambiente generado por la actividad;
        • Será de responsabilidad exclusiva del solicitante, los daños contra terceros que pueda provocar la actividad que se autoriza, comprendiendo estructuras o todo otro tipo de elementos montado para ese fin. La fijación de las estructuras no podrá en ningún momento realizarse en base a perforación, pegamentos y/o roturas del pavimento;
        • El incumplimiento del horario autorizado, así como las molestias que puedan provocarse hacia el vecindario y que den lugar a denuncias, motivará la inmediata suspensión de la actividad;
        • Se establece que el otorgamiento de éste permiso, no supone apoyos materiales específicos, ni la exoneración de obligaciones legales y reglamentarias de cualquier naturaleza;
        • En caso de requerirse consumo eléctrico, este deberá ser gestionado ante la UTAP;
        • Por tratarse de una actividad dentro del área correspondiente a un Municipio, deberá recabarse la opinión de sus autoridades;
        4o.) que la Dirección de la División Espacios Públicos y Edificaciones del Departamento de Acondicionamiento Urbano (fs. 6), manifestó su conformidad condicionando el uso del citado espacio;
        CONSIDERANDO: que por Resolución
        Nº 3254/15 del 9 de julio de 2015, el Sr. Intendente de Montevideo delegó en la Directora General del Departamento de Cultura, la facultad de autorizar puntualmente, previa consulta y asesoramiento de la División Espacios Públicos y Edificaciones, de acuerdo a la "locación" requerida, el uso de los espacios o "escenarios naturales" de la ciudad de Montevideo de la órbita municipal, con fines relacionados a la producción cinematográfica y
        audiovisual;
        LA DIRECTORA GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Autorizar el uso del espacio ubicado en las proximidades del Castillito del Parque Rodó, para la proyección de cine al aire libre en el marco del proyecto denominado "Cultura en Primavera" a llevarse a cabo el día 20 de noviembre de 2015 (cobertura por clima el 21 y 22/XI/2015).-
        2o.-Establecer que el otorgamiento de uso, fue condicionado por la División Espacios Públicos y Edificaciones del Departamento de Acondicionamiento Urbano, a que la productora se responsabilizara de:
        a) cumplir con las disposiciones departamentales vigentes en cuanto a la utilización de los espacios públicos solicitados, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, en las personas o en los elementos materiales que se utilicen en el rodaje, exonerando a la Intendencia y a la citada División, de toda responsabilidad al respecto.
        b) todo deterioro que se produzca en los espacios solicitados, siendo plausibles de multas en caso de no ser restituidos en el mismo estado en que los recibe y en correctas condiciones de higiene, limpieza y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, contenedores, pavimentos, césped, plantas y demás instalaciones, tanto de superficie, aéreas o subterráneas, no pudiendo hacer uso de árboles, columna de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo, y que los decibles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa municipal vigente (no superar los 70dB y ser comunicado al SIME);
        c) cumplir con la normativa ambiental vigente, prohibiéndose el tránsito y estacionamiento de vehículos sobre la vereda o en espacios verdes, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar;
        d) del cumplimiento de los requerimientos del Servicio de Planificación , Gestión y Diseño, Unidad de Concesiones (fs. 4);
        El otorgamiento de este permiso por ésta División, no supone apoyos materiales específicos, ni la exoneración de obligaciones legales y reglamentarias de cualquier naturaleza.-
        3o.-Comuníquese al Departamento de Secretaría General; a las Divisiones Tránsito y Transporte y Espacios Públicos y Edificaciones; al Municipio B; a los Servicios Central de Inspección General, Vigilancia, Planificación, Gestión y Diseño y pase a la Oficina de Locaciones Montevideanas para la notificación pertinente.-

PROFA. MARIANA PERCOVICH, Directora General del Departamento de Cultura.-