Resolución N° 86/07/3000
Nro de Expediente:
3330-000192-06
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
11/6/2007


Tema:
MULTAS HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19,7880 al Sr. Enrique De Luca, propietario de la finca sita en Avda. Don Pedro de Mendoza No. 4047 Apto. 105 (3ra. entrada), dado que no se realizaron las reparaciones necesarias en la instalación sanitaria de la finca, a fin de eliminar el pasaje de humedades que afectan las condiciones de habitabilidad de la Unidad 004.-

Montevideo, 11 de Junio de 2007.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en Avda. Don Pedro de Mendoza No. 4047 Apto. 105 (3ra. entrada), propiedad del Sr. Enrique De Luca, C.I. 1.486.152-7, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 11, en reiteradas oportunidades intimó al titular de obrados a realizar las reparaciones necesarias en la instalación sanitaria de la finca de que se trata, a fin de eliminar el pasaje de humedades que afectan las condiciones de habitabilidad de la Unidad 004, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicaría una multa de U.R. 19,7880, según lo establece la Secc. II, Art. 3o., Numeral 12, Inciso A) del Decreto No. 21626 de fecha 23/IV/84;
        2o.) que con fecha 23/XI/06, se constató mediante inspección profesional, que no se había dado cumplimiento a lo intimado, por lo que se sugiere se aplique la multa de referencia;
        3o.) que la Dirección Profesional de este Departamento se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: las facultades




        oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas) al Sr. Enrique De Luca, C.I. 1.486.152-7, propietario de la finca sita en Avda. Don Pedro de Mendoza No. 4047 Apto. 105 (3ra. entrada), con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la División Región Este y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 11.-

SRA. MIRIAM RODRIGUEZ, Directora General del Departamento de Descentralización.-