Resolución N° 289/00/3000
Nro de Expediente:
4112-002236-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
13/3/2000


Tema:
MULTA HABILITACION

Resumen:
Se aplican dos multa de 9.7164 y 14.8410 UR a Hidrotecas Ltda, Yatay 1401.-

Montevideo, 13 de Marzo de 2000.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General, relacionadas con el establecimiento destinado a venta y reparación de bombas, sito en la calle Yatay No. 1401, propiedad de la firma Hidrotecas Ltda., RUC 210.942.640.012, con domicilio a los efectos legales en el mismo;
        RESULTANDO: 1o) que pese a los plazos concedidos y la sanción aplicada anteriormente (Resolución No. 796/99/3000, de 27/VII/99) no han presentado la documentación habilitaste que autorice el funcionamiento del establecimiento de referencia;
        2o) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado dentro de los plazos establecidos, el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de dos multas de 9,7164 U.R. y 14,8410 U.R. respectivamente, al titular de obrados por infracción al Decreto No. 5.332, a la Resolución No. 2.873/92 y al Art. D.3.419.10 del Volumen XV, Tomo II, Art. 3o. Inc. 20, de acuerdo con el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 (1a. Reincidencia);
        3o) que la División Administraciones Locales se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas hasta 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar dos multas de 9,7164 U.R. (nueve unidades reajustables con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y 14,8410 U.R. (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas) respectivamente, a Hidrotecas Ltda., R.U.C. 210.942.640.012, con domicilio a los efectos legales en la calle Yatay No. 1401, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos a efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 3 y pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA,, Directora General del Departamento de Descentralización.-