Resolución N° 1534/01
Nro de Expediente:
2240-038980-00
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
8/5/2001


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por PUBLICARTEL S.A., contra la Resolución Nº 1124/00 de fecha 26 de octubre de 2000, dictada por la Dirección del Servicio de Ingresos Comerciales.-

Montevideo, 8 de Mayo de 2001.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por la empresa PUBLICARTEL S.A., contra la Resolución Nº 1124/00 de fecha 26 de octubre de 2000, dictada por la Dirección del Servicio de Ingresos Comerciales;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso intimar a la compareciente el retiro inmediato de la propaganda ubicada en Av. Constituyente y Blanes, en un plazo de 10 (diez) días, bajo apercibimiento de la aplicación de sanciones;
        2o.) que se funda la recurrencia cuestionando el criterio adoptado por la Comisión Técnico Asesora en la especie;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el informe de fs. 21 invoca el dictamen técnico de fecha 19 de octubre de 2000, que determina que el cartel en cuestión se encuentra en condiciones irregulares y que venció el término otorgado a la empresa para el retiro de la aludida propaganda sin que lo haya hecho;
        2º) que sin perjuicio de que la intimación dispuesta no es susceptible de causar agravio y por ende de recurrencia, el informe de fs. 20 a 20 vta. expresa que el dictamen de la Administración ha sido debidamente fundado y que el acto cuestionado debe mantenerse;
        3º) que el recurso de reposición fue resuelto en forma desfavorable para la reclamante (fs. 21);
        4º) que la División Jurídica

        estima que debe dictarse resolución en el sentido indicado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por PUBLICARTEL S.A., contra la Resolución Nº 1124/00 de fecha 26 de octubre de 2000, dictada por la Dirección del Servicio de Ingresos Comerciales.-
        2º.- Pase, por su orden, a los Servicios Central de Inspección General para la notificación correspondiente e Ingresos Comerciales, a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-