Resolución N° 30/01/6300
Nro de Expediente:
6380-000010-01
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
1/2/2001


Tema:
CLAUSURA

Resumen:
Se clausura la firma Luis A. Choca sita en la calle Martín Artigas No. 2695, por incumplimiento a lo establecido en los Artículos 5o. y 11o. del Decreto No. 13.982.

Montevideo, 1 de Febrero de 2001.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la firma comercial LUIS A. CHOCA., con domicilio en calle Martín Artigas Nº 2695, que gira en el ramo de curtiembre;
        RESULTANDO: 1o) que con fechas 12 de octubre y 3 de noviembre de 2000, y según consta en Acta No. 1684 y actuación No. 113619, la Unidad de Efluentes Industriales, dependiente de la División Saneamiento, intimó a la citada firma a presentar la solicitud de desagüe industrial tramitada ante el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, así como el técnico designado como responsable de la planta de tratamiento de agua residual, otorgándosele un plazo de 10 días para el cumplimiento de lo solicitado;
        2o) que con fecha 17 de enero del presente año, la Unidad mencionada, efectuó una nueva inspección constatando que la curtiembre continúa trabajando y bombeando el efluente a la cantera;
        3o) que la citada Unidad culmina su informe indicando que hasta la fecha, la firma LUIS A. CHOCA no ha presentado la documentación solicitada, por lo que gestiona se clausure la curtiembre de referencia, por incumplimiento de los Artículos 5o. y 11o. del Decreto No. 13.982, Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales de la Junta Departamental de Montevideo y hasta el cumplimiento de la presentación de la documentación por la cual fue intimada;
        CONSIDERANDO: 1o) que la División Saneamiento, sugiere la clausura de las actividades a la firma LUIS A. CHOCA,

        por incumplimiento al Decreto No. 13.982 de la ordenanza vigente;
        2o) que según Resolución No. 2814/00 de fecha 10 de agosto de 2000, el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de otras características cuando existieran transgresiones a la normativa municipal, debidamente constatadas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Clausurar la actividad de la curtiembre ubicada en el local sito en la calle Martín Artigas Nº 2695, propiedad de la firma LUIS A. CHOCA, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Departamento de Descentralización, a la División Saneamiento y pase a la Unidad de Efluentes Industriales para efectivizarse la clausura y controlar su cumplimiento.

Ing. LUIS LAZO, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental.-