Resolución N° 568/15/5100
Nro de Expediente:
3350-006830-15
 
ADMINISTRACION DE PERSONAL
Fecha de Aprobación:
20/11/2015


Tema:
TAREAS ALIVIADAS

Resumen:
Se convalida la inclusión en el régimen de limitación de tareas del funcionario Sr. Daniel Pedrozo CI Nº 3.449.964 a partir del 30 de setiembre de 2015 y por el término de 6 (seis) meses.-

Montevideo, 20 de Noviembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el estado de salud del funcionario Sr. Daniel Pedrozo quien se desempeña en el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 13;
        RESULTANDO: 1º.) que con fecha 30 de setiembre de 2015 fue sometido a un exámen médico por un Tribunal integrado al efecto el que dictaminó la asignación de tareas aliviadas que no impliquen esfuerzos de su columna, a partir del 30 de setiembre de 2015 y por el término de 6 (seis) meses;
        2º.) que El Servicio Centro Comunal Zonal Nº 13 informa que se le han asignado tareas de portería acordes con las limitaciones aconsejadas por la Unidad de Certificariones Médicas;
        3º.) que el Grupo de Trabajo en Reconversión y Reinserción Laboral sugiere incluir al titular en el régimen de limitación de tareas, de acuerdo a lo establecido en los Arts. R. 343 y ss. del Volumen III del Digesto correspondientes al Escalafón Obrero, Carrera 1101 Auxiliar de Atención al Público y de Apoyo, Nivel II, Grado SIR 4;
        CONSIDERANDO: 1º.) que se estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        2º.) las facultades
        oportunamente delegadas;


        LA DIRECCIÓN DE LA DIVISIÓN
        ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
        RESUELVE:
        1º.-Convalidar la inclusión en el régimen de limitación de tareas del funcionario Sr. Daniel Pedrozo CI Nº 3.449.964, para desempeñar tareas correspondientes al Escalafón Obrero, Carrera 1101 Auxiliar de Atención al Público y de Apoyo, Nivel II, Grado SIR 4, con las limitaciones aconsejadas por la Unidad de Certificaciones Médicas, a partir del 30 de setiembre de 2015 y por el término de 6 (seis) meses, de acuerdo a lo establecido en los Arts. R. 343 y ss. del Volumen III del Digesto.-
        2º.-Previo al vencimiento del plazo establecido el referido funcionario deberá ser sometido a nuevo examen médico por distinto Tribunal, que al respecto designará la Unidad de Certificaciones Médicas.-
        3º.-Comuníquese a los Servicios de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana y Centro Comunal Zonal Nº 13 para la correspondiente notificación, a las Unidades Información de Personal, y de Certificaciones Médicas y pase por su orden, al Sector Despacho del Departamento y al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos, debiendo volver las presentes actuaciones a la Unidad de Certificaciones Médicas, en forma inmediata.-

Lic. Luis MUNIZ, Director de la División Administración de Personal.-