Resolución N° 1879/01
Nro de Expediente:
3220-000107-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
31/5/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el proyecto de Convenio a suscribirse entre esta Comuna y la Iglesia Anglicana, con el objeto de colaborar con la obra social que realiza la Institución a través de la ocupación y formación de jóvenes con bajos recursos a cambio de obtener beneficios para la comunidad.-

Montevideo, 31 de Mayo de 2001.-
 
        VISTO: que la Unidad de Convenios, gestiona la suscripción de un Convenio con la Iglesia Anglicana del Uruguay por sí y en representación de ADSIS Uruguay;
        RESULTANDO: 1o) que el mismo es a los efectos de colaborar con la obra social que realizan las instituciones a través de la ocupación y formación de jóvenes con bajos recursos a cambio de obtener beneficios para la comunidad mediante el cumplimiento de tareas programadas;
        2o) que se efectuó solicitud SEFI 47049;
        CONSIDERANDO: 1o) que la Dirección General del Departamento de Descentralización se manifiesta de conformidad;
        2o) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el siguiente proyecto de Convenio con la Iglesia Anglicana del Uruguay por sí y en representación de ADSIS Uruguay: CONVENIO: En Montevideo, a los ............ días del mes de ..................... del año dos mil uno, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por .................................. con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Institución Iglesia Anglicana del Uruguay, en adelante la Institución, con domicilio en esta ciudad, en la calle Reconquista No. 522, representada por ....................................., por sí y en representación de la Asociación de Servicios Iniciativa Social del Uruguay (A.D.S.I.S. Uruguay), SO.CO.DE., convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- La Intendencia efectuó oportunamente, un llamado público a Organizaciones no Gubernamentales sin fines de lucro, integrantes del Registro aprobado por Resolución No. 13.754/93.- Las Instituciones seleccionadas llevan a cabo la formación de valores humanos, mediante la dinámica del trabajo personal y comunitario, realizando políticas educativas destinadas a jóvenes en situación de vulnerabilidad.- SEGUNDO: OBJETO.- El objeto del presente Convenio es colaborar con la obra social que realizan las Instituciones mencionadas, a través de la organización, ocupación y formación de jóvenes en situación de pobreza extrema, a condición de que al mismo tiempo se obtengan beneficios para la comunidad, por medio del cumplimiento de tareas programadas, siendo en este caso la limpieza de locales municipales.- TERCERO: APORTE DE LA INSTITUCION.- A los efectos referidos la Institución seleccionará 10 (diez) jóvenes educandos que realizarán tareas educativo-laboral en limpieza de los locales dependientes del Departamento de Descentralización, quienes cumplirán tareas de lunes a viernes en jornadas de 4 (cuatro) horas diarias de labor para las funciones preestablecidas en el pliego de condiciones del llamado realizado oportunamente y los suplentes para las referidas funciones con el fin de integrarse a los siguientes Servicios Centro Comunal Zonal: No. 3, sito en Avda. Gral. Flores No. 2455, Centro Comunal Zonal Nro. 4, sito en la calle Chiavari No. 3039; Centro Comunal Zonal Nro. 16, sito en Avda. Agraciada Nro. 3622; Unidad de Areas Verdes, sito en la calle Francisco Bauzá Nro. 2363; Centro Juvenil Nro. 16, sito en la calle Juan Ma. Gutierréz s/n.- Las inasistencias serán registradas por el referente del servicio municipal correspondiente, quien las comunicará mensualmente en forma escrita a la Unidad de Convenios y deberán ser repuestas en el mes inmediato posterior a su registro.- Asimismo aportará un coordinador con una carga horaria de 15 (quince) horas semanales, quien apoyará a los jóvenes en las diferentes tareas planificadas en cada dependencia y será el nexo institucional ante la Unidad de Convenios.- Dichas inasistencias serán objeto de análisis como parte del proceso educativo implementado por la Institución.- La misma podrá hacer cambios en el personal, en función del asesoramiento del equipo técnico de la Institución y previo acuerdo entre los servicios y la Unidad de Convenios.- CUARTO: APORTE DE LA INTENDENCIA.- La Intendencia transferirá a la Institución, por concepto de donación modal, la suma de $ 541.968,oo (pesos uruguayos quinientos cuarenta y un mil novecientos sesenta y ocho) las que se abonarán de la siguiente manera: $ 9.630,oo (pesos uruguayos nueve mil seiscientos treinta) a la firma del Convenio y 12 (doce) cuotas mensuales iguales y consecutivas de $ 42.259,oo (pesos uruguayos cuarenta y dos mil doscientos cincuenta y nueve) .- A las cuotas seis y once se les adicionará la suma de $ 12.615,oo (pesos uruguayos doce mil seiscientos quince) que se abonarán antes del 15/XII/01 y antes del 15/V/02 respectivamente.- Todos estos montos se reajustarán semestralmente de acuerdo con el Indice de Precios al Consumo.- Se prevé un fondo equivalente a un 10% del monto total de la transferencia para la atención de imprevistos.- Dicha suma total incluye el 15,43% calculado sobre lo transferido, el que será destinado al financiamiento del costo educativo de la Institución.- QUINTO: SEGUIMIENTO Y EVALUACION.- A efectos de cumplir con la evaluación y seguimiento de la tarea educativa, los técnicos de la Unidad de Convenios, los funcionarios referentes, el coordinador de las Instituciones y los Directores de los Servicios Centro Comunal Zonal, evaluarán en conjunto con las Instituciones el desempeño de los jóvenes en la tarea, como insumo para la evaluación del proceso educativo de la experiencia laboral.- Por su parte la Institución deberá presentar dentro del mes siguiente a la suscripción del convenio, la agenda del apoyo pedagógico que realizará y, en forma cuatrimestral, informes de evaluación ante la Unidad de Convenios, con quien se evaluará el proceso educativo implementado por la Institución.- La Unidad de Convenios y los referentes de cada Servicio evaluarán conjuntamente la gestión del Coordinador.- SEXTO: RENDICION DE CUENTAS.- La Institución deberá rendir cuentas mensualmente ante la Intendencia de la utilización de los fondos transferidos.- En los casos de que se trate de consorcios o asociaciones O.N.G.s se deberá presentar una única rendición de cuentas comprensiva del total de la actividad realizada, siendo responsable la entidad representante.- La Intendencia se reserva el derecho de efectuar auditorías que permitan verificar que el destino de los fondos transferidos sea el pactado en el presente Convenio, en caso de incumplimiento en la presentación de las referidas rendiciones por más de 2 (dos) meses, no se realizará el pago respectivo.- SEPTIMO: RESPONSABILIDADES.- Todo lo vinculado a la relación laboral trabada, así como las obligaciones generadas con otros organismos estatales, será responsabilidad de la Institución, no teniendo la Intendencia ninguna obligación más que las estipuladas en el presente convenio.- OCTAVO: PLAZO.- El plazo de este Convenio será de un año a partir del 1/VI/01 y podrá ser renovado evaluación mediante, por única vez por un plazo equivalente.- NOVENO: ACCIDENTES DE TRABAJO.- En caso de que los educandos sufriesen cualquier accidente con motivo del cumplimiento de su trabajo, la responsabilidad será de la Institución.- DECIMO: INCUMPLIMIENTO.- El incumplimiento de lo acordado entre las partes habilitará la rescisión inmediata del presente instrumento.- Para constancia y como prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2.- Delegar en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de suscribir el Convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
        3.- Disponer que estas actuaciones vuelvan a la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización a comienzos del próximo ejercicio, a los efectos de proceder a la imputación correspondiente.-
        4.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; División Región Centro; Relaciones Públicas; Prensa y Comunicación; Escribanía; Unidades Central de Presupuesto y de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización, y pase por su orden, al Servicio de Contabilidad General y a la Unidad de Convenios.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-