Resolución N° 736/12/1000
Nro de Expediente:
5220-023799-12
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
9/11/2012


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se deja sin efecto las multas impuestas por Resoluciones Nos. 655/12/1000, 656/12/1000, 657/12/1000 y 658/12/1000, de 8 de octubre de 2012, a la empresa Montefor S.A., responsable del local destinado a Hotel (Regency Golf), ubicado en Francisco Solano García No. 2473

Montevideo, 9 de Noviembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a Hotel (Regency Golf), ubicado en Francisco Solano García No. 2473, responsabilidad de la empresa Montefor S.A., RUT 21 5448430011;
        RESULTANDO: 1o.) que el Sector Hoteles, Pensiones, Inquilinatos y Afines, solicita se deje sin efecto las multas impuestas por Resoluciones Nos. 655/12/1000, 656/12/1000, 657/12/1000 y 658/12/1000, de 8 de octubre de 2012 (Dirección Nacional de Bomberos, S.I.M.E. (ascensores), S.I.M.E. (aire acondicionado) y S.I.M.E. (alumb. de seguridad), ya que la documentación solicitada se presentó en tiempo y forma, obviando la presentación ante el referido Sector;
        2o.) que el 24/10/12, la Sub Dirección (I) del Servicio Central de Inspección General, eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3092/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;
        3o.) que la




        Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Dejar sin efecto las multas impuestas por Resoluciones Nos. 655/12/1000, 656/12/1000, 657/12/1000 y 658/12/1000, de 8 de octubre de 2012, a la empresa Montefor S.A., RUT 21 5448430011, responsable del local destinado a Hotel (Regency Golf), ubicado en Francisco Solano García No. 2473, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio CH, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 5 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

RICARDO PRATO, Secretario General.-