Resolución N° 567/15/5100
Nro de Expediente:
4454-003786-15
 
ADMINISTRACION DE PERSONAL
Fecha de Aprobación:
20/11/2015


Tema:
TAREAS ALIVIADAS

Resumen:
Se convalida la inclusión en el régimen de limitación de tareas del funcionario Sr. Luis Fiuza CI Nº 1.588.556 a partir del 13 de agosto de 2015 y por el término de 6 (seis) meses.-

Montevideo, 20 de Noviembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el estado de salud del funcionario Sr. Luis Fiuza quien se desempeña en la Unidad Región Montevideo Este;
        RESULTANDO: 1º.) que con fecha 13 de agosto de 2015 fue sometido a un exámen médico por un Tribunal integrado al efecto el que dictaminó la asignación de tareas aliviadas, pudiendo manejar vehículos con un peso máximo de hasta 4.000 kg., a partir del 13 de agosto de 2015 y por el término de 6 (seis) meses;
        2º.) que la Unidad Región Montevideo Este informa que se le han asignado tareas acordes con las limitaciones aconsejadas por la Unidad de Certificariones Médicas;
        3º.) que el Grupo de Trabajo en Reconversión y Reinserción Laboral sugiere incluir al titular en el régimen de limitación de tareas, de acuerdo a lo establecido en los Arts. R. 343 y ss. del Volumen III del Digesto correspondientes al Escalafón Obrero, Sub Escalafón Oficial, Carrera 1304 Conductor de Automotores, Nivel III, Grado SIR 5;
        CONSIDERANDO: 1º.) que se estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        2º.) las facultades
        oportunamente delegadas;
        LA DIRECCIÓN DE LA DIVISIÓN
        ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
        RESUELVE:
        1º.-Convalidar la inclusión en el régimen de limitación de tareas del funcionario Sr. Luis Fiuza CI Nº 1.588.556, para desempeñar tareas correspondientes al Escalafón Obrero, Sub Escalafón Oficial, Carrera 1304 Conductor de Automotores, Nivel III, Grado SIR 5, con las limitaciones aconsejadas por la Unidad de Certificaciones Médicas, a partir del 13 de agosto de 2015 y por el término de 6 (seis) meses, de acuerdo a lo establecido en los Arts. R. 343 y ss. del Volumen III del Digesto.-
        2º.-Previo al vencimiento del plazo establecido el referido funcionario deberá ser sometido a nuevo examen médico por distinto Tribunal, que al respecto designará la Unidad de Certificaciones Médicas.-
        3º.-Comuníquese al Servicio de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana, a las Unidades Información de Personal, de Certificaciones Médicas y Región Montevideo Este para la correspondiente notificación y pase por su orden, al Sector Despacho del Departamento y al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos, debiendo volver las presentes actuaciones a la Unidad de Certificaciones Médicas, en forma inmediata.-

Lic. Luis MUNIZ, Director de la División Administración de Personal.-