Resolución N° 1119/00/2000
Nro de Expediente:
2230-035614-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
29/5/2000


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerado al señor Juan Carlos Caceres Soto, al amparo del Art. 25o. del Decreto No. 27.803, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa General Municipal respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 184.260, ubicado en la calle Cap. Leal de Ibarra No. 5639, a partir de junio de 1986.-

Montevideo, 29 de Mayo de 2000.-
 
        VISTO: la gestión del señor Juan Carlos Cáceres Soto, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna por concepto de Tasa General Municipal respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 184.260, ubicado en la calle Cap. Leal de Ibarra No. 5639;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante expresa que desde el año 1987 solicitó se le administraran las facturas de los tributos domiciliarios, hecho que ocurrió en el año 1998 y con un No. de padrón que pertenecía al Club Social y Deportivo PABLAN;
        2o.) que el Servicio de Gestión de Cobro de Morosos informa que existió modificación de la cuenta por emitirse con padrón equivocado y la misma no fue comunicada al titular del padrón No. 184.260;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal expresa que la emisión del tributo adoleció de error, por cuanto se cargó a un padrón diferente y además, hecha la corrección no se notificó al titular respecto de la deuda atrasada, correspondiendo aplicar el Art. 25o. del Decreto No. 27.803, a partir del 6/86. El período de aplicación del IPC corresponde desde el 6/86 a la fecha de aprobación de la presente resolución;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte lo informado precedentemente;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al señor Juan Carlos Caceres Soto, al amparo del Art. 25o. del Decreto No. 27.803, del pago de la multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa General Municipal respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 184.260, ubicado en la calle Cap. Leal de Ibarra No. 5639, a partir de junio de 1986.-
        3o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC), desde el mes de junio de 1986 y hasta la fecha de aprobación de la presente resolución.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase por su orden al Servicio de Ingresos Inmobiliarios y al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-