Resolución N° 1/01/4000
Nro de Expediente:
4112-016552-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
2/1/2001


Tema:
TRAMITE PREVIO

Resumen:
Admitir condicionado discoteca, Galicia Nos. 1001/05.-

Montevideo, 2 de Enero de 2001.-
 
        VISTO: que Flastel S.A., solicita autorización para instalar el establecimiento destinado a discoteca bailable en el predio empadronado con el Nº 5.384, sito con frente a la calle Galicia Nºs. 1001/05;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada de 440 m2 sobre una superficie de terreno de 1.397 m2;
        2º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que puede autorizarse la viabilidad de uso, supeditada a los avances o determinaciones que en su momento definan posibles planes especiales para la zona del entorno de la bahía;
        3º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito no tiene objeciones que oponer a lo solicitado, ya que el público previsto se moviliza en medios de transporte público;
        4º) que el Servicio de Contralor de la Edificación propicia su autorización con carácter temporal, a pesar de que no cuenta con estacionamiento como lo requiere el Art. D.355 del Decreto Nº 29.118, por las razones expuestas en el numeral anterior y dado que se implanta en una zona de usos múltiples y la actividad a instalar no requiere de infraestructura o equipamiento importante, que pudiera dificultar su remoción;
        5º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.467/00 y su modificativa Nº 2.576/00 del 17/VII/00 y 24/VII/00 respectivamente, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la implantación o regularización de establecimientos de usos no residenciales que no incumplan estrictamente la normativa aplicable y siempre que no impliquen interferencias graves con el entorno inmediato y hayan merecidos informes favorables de las Oficinas competentes;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Admitir, con carácter temporal, la implantación del establecimiento destinado a discoteca bailable en el predio empadronado con el Nº 5.384, sito con frente a la calle Galicia Nºs. 1001/05, propiedad de Flastel S.A..-
        2º.- Autorizar la prosecución del trámite administrativo condicionado a que:
        a) que las cenizas, polvos, olores, ruidos, gases, materiales de desecho, vibraciones, etc., provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) que se obtenga el certificado de la Dirección Nacional de Bomberos y
        e) que el interesado deberá presentar dentro de un plazo de tres meses, la correspondiente habilitación y retirar el duplicado de este trámite.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local Zona Nº 1 y pase al Servicio de


        Contralor de la Edificación.-

SR. FELIPE MARTIN, Director General (I).-.-