Resolución N° 2649/03
Nro de Expediente:
7300-020127-02
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
7/7/2003


Tema:
PERMISOS QUIOSCOS RODANTES

Resumen:
Autorizar la transferencia del permiso para la explotación de un quiosco rodante ubicado en la calle Marcelino Díaz y García esquina Avenida Agraciada, a favor de la Sra. GABRIELA SILVANA MERNIES SUAREZ, C.I. Nº 2.812.820-8.

Montevideo, 7 de Julio de 2003.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la gestión presentada por la Sra. Mary Echebengua, propietaria del quiosco rodante ubicado en la calle Marcelino Díaz y García esquina Avenida Agraciada;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma, solicita se autorice la transferencia del permiso para la explotación del referido quiosco rodante a favor de la Sra. Gabriela Silvana Mernies Suárez;
        2o.) que motiva la referida solicitud que la titular debe radicarse, por razones personales, en el Departamento de Rivera, transfiriéndole los derechos a quien desde el año 2000 viene trabajando junto con ella;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución, otorgando el permiso precario y revocable, estableciendo las condiciones que regirán dicha transferencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Autorizar la transferencia del permiso para la explotación de un quiosco rodante ubicado en la calle Marcelino Díaz y García esquina Avenida Agraciada, a favor de la Sra. GABRIELA SILVANA MERNIES SUAREZ, C.I. Nº 2.812.820-8, con domicilio en la calle Besares Nº 3231 Bis, Apto. 2, de acuerdo a las siguientes condiciones:
        a) regirán para el permiso de que trata, lo dispuesto en Capítulo II, Sección I "De los Quioscos"- del Volumen X, del Digesto Municipal;
        b) el permisario deberá abonar:
        cuota mensual...............U.R. 4.5
        cuota anual...................U.R. 11.5
        Depósito de garantía ... U.R. 13.5
        Transferencia .............. U.R. 60
        c) el permiso otorgado es de carácter precario y revocable y no podrá ser transferido total ni parcialmente, sin la autorización previa y escrita de la I.M.M., la que se reserva el derecho de aceptar y rechazar el traspaso.
        2.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para su conocimiento, de la División Salud y Programas Sociales y del Servicio Centro Comunal Zonal respectivo; a la División Tránsito y Transporte; al Servicio Central de Inspección General para su notificación y pase a la División Promoción Económica.
DR. ADOLFO PEREZ PIERA, Intendente Municipal (I).-
ING. QUIMICO PABLO BUONOMO, Secretario General (I).-