Resolución N° 115/02
Nro de Expediente:
4114-006906-00 y 3330-005280-00
 
JURIDICO
Fecha de Aprobación:
7/1/2002


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de reposición interpuesto por los Sres. Eddie Klupper C.I. Nº 1:087.283-7 y Rosa Teresa Zambrotta C.I. Nº 1:114.830-6, contra la Resolución Nº 1192/01/4000, dictada por la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, en ejercicio de facultades delegadas.-

Montevideo, 7 de Enero de 2002.-
 
        VISTO: el recurso de reposición interpuesto por los Sres. Eddie Klupper C.I. Nº 1:087.283-7 y Rosa Teresa Zambrotta C.I. Nº 1:114.830-6, contra la Resolución Nº 1192/01/4000, dictada por la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, en ejercicio de facultades delegadas;
        RESULTANDO: 1º) que por dicho acto se impuso a los recurrentes una multa de 14,8410 U.R. (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas), en su calidad de propietarios del inmueble empadronado con el Nº 76.209, sito en la calle Bruno Méndez Nº 3519, por no realizar las tareas necesarias para eliminar los riesgos que provoca un muro divisorio con la finca sita en Bruno Méndez Nº 3513;
        2º) que los recurrentes niegan haber incumplido la intimación previa y sostienen haber solucionado en parte el problema que dio origen a la sanción, que solicitaron plazo y que se han visto impedidos de completar los trabajos porque no lo permite el propietario del lindero;
        CONSIDERANDO: 1º) que el informe de fs. 25 a 26 señala que los recurrentes fueron intimados por la Administración reiteradamente y que temporariamente no formularon las objeciones técnicas del caso y por su parte; el informe de fs. 27, coincide con el anterior y expresa que la sanción fue impuesta por los deterioros y riesgos consiguientes que presenta el muro divisorio, por lo que no habría razón alguna para revisar lo actuado;
        2º) que el Departamento Jurídico, de conformidad, estima que debería dictarse resolución en el sentido indicado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por los Sres. Eddie Klupper C.I. Nº 1:087.283-7 y Rosa Teresa Zambrotta C.I. Nº 1:114.830-6, contra la Resolución Nº 1192/01/4000, dictada por la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, en ejercicio de facultades delegadas.-
        2°.- El Departamento de Acondicionamiento Urbano, remitirá testimonio de la citada resolución, con la constancia de que se trata de un acto administrativo firme, al Departamento de Recursos Financieros, a fin promover las acciones tendientes a obtener el cobro de la multa impuesta.-
        3°.- Pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para notificación a los interesados y al Departamento de Acondicionamiento Urbano, a los fines previstos en el numeral que antecede.-
SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (i).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-