Resolución N° 30/15/6000
Nro de Expediente:
6410-008138-14
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
18/3/2015


Tema:
SOLICITUD DE TOLERANCIA

Resumen:
Permitir desde el punto de vista urbanístico, la ocupación del 17 % de retiro frontal con construcciones que datan del año 1947 destinadas a vivienda, en el predio padrón Nº 141801, con frente a la calle Ramón Franco Nº 4143, entre la calle Capitán Ruíz de Aldas y la Avda. José Belloni, dentro de los límites del Centro Comunal Zonal Nº 10, Municipio D.-

Montevideo, 18 de Marzo de 2015.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de tolerancia por ocupación de retiro frontal y por superar la altura reglamentaria en la zona de aplicación del Art. D.151 del Volumen IV del Digesto, para regularizar construcciones de dos viviendas, en el predio padrón Nº 141801, con frente a la calle Ramón Franco Nº 4143, entre la calle Capitán Ruíz de Aldas y la Avda. José Belloni, dentro de los límites del Centro Comunal Zonal Nº 10, Municipio D;
          RESULTANDO: que el Servicio de Regulación Territorial, con fechas 12 y 18 de diciembre de 2014, informa que:
          a) los parámetros de ocupación del suelo según informe de Alineaciones son los siguientes:
          - Retiro Frontal: 7 m;
          - F.O.S.: 60 %;
          - Altura máxima: 9 m;
          b) se cuenta con el Exp. Nº 12950, aprobado en el año 1948;
          c) se trata de un predio ubicado en Manga que cuenta con dos viviendas, una del año 1947 con Permiso de Construcción aprobado (Vivienda Popular) y otra ubicada en la parte posterior construida en el año 1990 a regularizar;
          d) la vivienda original del año 1947, ocupa el 17 % del área de retiro frontal (12 m2), en su Permiso de Construcción no figura que se haya otorgado dicha ocupación, en ese momento regía un retiro frontal de 10 m;
          e) en el entorno inmediato existen ocupaciones similares del retiro frontal;
          f) actualmente hay una cochera en el retiro mencionado, la que se propone demoler, generando un cerco reglamentario al frente y a su lindero lateral;
          g) la vivienda del año 1990 supera la altura en la faja de los últimos 5 m del predio, lo cual puede ampararse en lo dispuesto en el Art. D. 159 del Volumen IV del Digesto como variación mínima de altura, ya que no configura ganancia de niveles;
          h) no se supera el F.O.S. vigente;
          i) se sugiere aprobar la tolerancia por ocupación de retiro frontal del 17 % en un nivel y sin aumento del F.O.S. vigente;
          CONSIDERANDO: 1º) que la Dirección de la División Planificación Territorial se manifiesta de acuerdo con lo informado y estima conveniente el dictado de resolución admitiendo la ocupación del 17 % del retiro frontal (12 m2) en un nivel, condicionado a la demolición de la cochera en retiro frontal y a la ejecución del cerco reglamentario;
          2º) que por Resolución Nº 3084/10 de fecha 12 de julio de 2010 se delegaron en la Dirección General del Departamento de Planificación las facultades de resolver determinadas tolerancias en materia de ocupación del suelo y edificabilidad;
          EL DIRECTOR GENERAL
          DEL DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:

          1º. Permitir desde el punto de vista urbanístico, la ocupación del 17 % de retiro frontal con construcciones que datan del año 1947 destinadas a vivienda, en el predio padrón Nº 141801, con frente a la calle Ramón Franco Nº 4143, entre la calle Capitán Ruíz de Aldas y la Avda. José Belloni, dentro de los límites del Centro Comunal Zonal Nº 10, Municipio D, según planos visados técnicamente e incorporados al expediente Nº 6410-004645-12.-
          2º. Establecer que la autorización otorgada en el numeral primero quedará condicionada a la demolición de la cochera ubicada en retiro frontal y a la ejecución del cerco reglamentario.-
          3º. Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del Permiso de Construcción ante el Servicio de Contralor de la Edificación, en un plazo máximo de 150 (ciento cincuenta) días calendario a partir de la fecha de notificación al propietario y/o técnico actuante de la culminación del presente trámite.-
          4º. Encomendar a la Dirección de la División Planificación Territorial la autorización, por única vez y por el período que estime conveniente a prorrogar el plazo otorgado en el numeral anterior para tramitación del Permiso de Construcción ante el Servicio Contralor de la Edificación y/o Estudios de Impacto Territorial, el cual nunca podrá ser superior al plazo original.-
          5º. Establecer que la autorización indicada en el numeral 4º estará sujeta a la existencia de un informe técnico favorable de la Dirección del Servicio y/o Unidad competente; a que se mantengan incambiadas las condiciones urbanas aprobadas y que vencida la referida autorización, se deberá iniciar un nuevo trámite.-
          6º. Comuníquese al Departamento de Acondicionamiento Urbano; al Municipio D; a la División Planificación Territorial; a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 10 y de Contralor de la Edificación; a la Unidad del Patrimonio y pase al Servicio de Regulación Territorial a sus efectos.-

ARQ. JUAN PEDRO URRUZOLA, Director del Departamento de Planificación.-