Resolución N° 3058/99
Nro de Expediente:
4142-000316-99
 
UNIDAD CENTRAL DE PLANIFICACION MUNICIPAL
Fecha de Aprobación:
16/8/1999


Tema:
PROYECTO DE DECRETO

Resumen:
Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, proyecto de Decreto para otorgar al padrón Nº 409.993 los mismos parámetros que el entorno inmediato Zonificado como Urbano.

Montevideo, 16 de Agosto de 1999.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Servicio de Tierras y Viviendas referente al predio empadronado con el Nº 409.993 (Barrio Peñarol);
          RESULTANDO: 1º) que el citado Servicio manifiesta:
          a) que el predio mencionado fue otorgado a la Cooperativa de Vivienda "La Vía" en el año 1992 en el marco del Decreto Nº 24.654 (Cartera Municipal de Tierras para Vivienda);
          b) que en aquel momento se trataba de un terreno ubicado en zona suburbana, en pleno barrio Peñarol, por lo cual era perfectamente viable la construcción allí de un conjunto habitacional;
          c) que a estos efectos la Cooperativa presenta la correspondiente solicitud de "Información A", tomando conocimiento que las modificaciones de límites zonales aprobadas con el Plan Montevideo dejan a este predio en zona rural (potencialmente Urbanizable y por tanto no edificable);
          d) que siendo un caso excepcional, se estima necesario la modificación correspondiente para el citado padrón;
          2º) que la Oficina del Plan de Ordenamiento Territorial informa:
          a) que comparte lo expresado en el informe anterior;
          b) que se trata de un error administrativo y que el padrón Nº 409.993 debió incluirse en el área Urbana y que como tal, le corresponderían los mismos parámetros que el entorno inmediato Zonificado como Urbano, Area Intermedia Lezica-P.Ferrocarril.-Colón que a continuación se detallan:
          - F.O.S. 60%
          - NO RETIROS LATERALES NI POSTERIORES OBLIGATORIOS.
          - ALTURA MAXIMA 7 METROS.
          - RETIRO FRONTAL DE 7 METROS.
          c) que a los efectos de un ajuste a los límites de zonificación primaria contenida en el Decreto Nº 28.242 (POT), se considera conveniente se le otorgue a dicho padrón los parámetros urbanísticos informados, por la vía de modificación cualificada del Plan de Ordenamiento Territorial;
          CONSIDERANDO: 1º) que la Comisión Permanente del Plan Montevideo trató las presentes actuaciones, y considera pertinente otorgar al padrón Nº 409.993, los parámetros urbanísticos informados por la vía de modificación cualificada del Plan;
          2º) que el Director de la División Planificación Territorial y el Director General de la Unidad Central de Planificación Municipal son de opinión favorable en que se solicite anuencia a la Junta Departamental de Montevideo;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
          PROYECTO DE DECRETO
          ARTICULO 1º.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo a otorgar al predio empadronado con el Nº 409.993, los mismos parámetros que el entorno inmediato Zonificado como Urbano, Area Intermedia Lezica-P.Ferrocarril.-Colón que a continuación se detallan:
          - F.O.S. 60%.
          - NO RETIROS LATERALES NI POSTERIORES OBLIGATORIOS.
          - ALTURA MAXIMA 7 METROS.
          - RETIRO FRONTAL DE 7 METROS.
          ARTICULO 2º.- Comuníquese .-
          2.- Pase a Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-