Resolución N° 33/14/6000
Nro de Expediente:
6441-001069-11
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
10/3/2014


Tema:
FASE A

Resumen:
Admitir desde el punto de vista urbanístico como tolerancia la ocupación de retiro frontal con caseta de vigilancia, realizado en el predio empadronado con el Nº 153441, ubicado con frente a la calle Florencio Escardó Nº 1414, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 15.-

Montevideo, 10 de Marzo de 2014.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de tolerancia de ocupación de retiro frontal con caseta de vigilancia, realizado en el predio empadronado con el Nº 153441, ubicado con frente a la calle Florencio Escardó Nº 1414, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 15 ;
          RESULTANDO: 1º) que la Comisión Especial Permanente del Prado realiza las siguientes consideraciones técnicas:
          a) que se trata de un conjunto de 5 unidades y 8 estacionamientos;
          b) que se contaba con permiso de construcción aprobado, pero se realizaron modificaciones durante la construcción mejorando la imagen urbana de la barbacoa, caseta con motor de piscina y caseta de seguridad;
          c) que dicha Comisión informa que se han restituidos especies vegetales que volvieron a conformar el cerco vegetal;
          d) que se considera admisible la tolerancia solicitada, ya que desde el punto de vista urbanístico no se afecta el entorno inmediato;
          2º) que el Área Técnica de la Unidad del Patrimonio informa:
          a) que se modifica la ubicación de la barbacoa mejorando la imagen urbana por la calle Atahualpa;
          b) que la instalación de la caseta de vigilancia se integra adecuadamente al diseño del cerco frontal por la calle Florencio Escardó y la ocupación incurrida en retiro frontal es menor al 1% de área de los mismos, por lo que se considera posible admitir la tolerancia solicitada;
          CONSIDERANDO: 1º) que por Resolución Nº186/10/6000 de fecha 16 de setiembre de 2010, numeral 2º, inciso a) se delegó en la Dirección de la Unidad del Patrimonio, la facultad de resolver tolerancias de ocupación de retiro frontal con construcciones de una sola planta siempre que no supere el 5% del área de retiro y siempre que no se configure perjuicio para los linderos, no se desvirtúe el propósito perseguido por la normativa aplicable , ni se supere el FOS reglamentario, cuando se trate de predios emplazados en suelo bajo Régimen Patrimonial;
          LA DIRECCIÓN DE LA UNIDAD DEL PATRIMONIO
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:
          1º. Admitir desde el punto de vista urbanístico como tolerancia la ocupación de retiro frontal con caseta de vigilancia, realizado en el predio empadronado con el Nº 153441, ubicado con frente a la calle Florencio Escardó Nº 1414, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 15, según gráficos visados técnicamente e incorporados al expediente Nº 6441-001069-11, considerados por la Comisión Especial Permanente del Prado.-
          2º. Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso ante el Servicio de Contralor de la Edificación.-
          3º. Comuníquese a los Departamentos de Planificación, de Acondicionamiento Urbano; a los Servicios de Contralor de la Edificación, Centro Comunal Zonal Nº 15 ; al Municipio C y pase a la Oficina Central del Departamento de Planificación.-

ARQ. ERNESTO SPÓSITO, Dirección de la Unidad del Patrimonio.-