Resolución N° 1091/14/5400
Nro de Expediente:
4149-000253-04
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
17/12/2014


Tema:
ACCIONES JUDICIALES

Resumen:
Encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas, a promover las acciones judiciales a efectos de intimar el pago de U.R. 22 y las que se devenguen hasta el momento del efectivo pago, correspondiente a la adjudicación de la finca ubicada en el ex Barrio en Condominio No. 2, Solar 12, Manzana C (antes Solar 8), padrón No. 413.000, con frente a Av. San Martín No. 5989, a la Sra. Shylvia Yanet Silva Taroce, bajo apercibimiento de rescisión de adjudicación.-

Montevideo, 17 de Diciembre de 2014.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la deuda equivalente a U.R. 22 que mantiene la adjudicataria de la vivienda ubicada en el ex Barrio en Condominio No. 2, Av. San Martín No. 5989, padrón No. 413.000;
          RESULTANDO: 1o.) que el 1/12/14, el Equipo Técnico Contencioso General de la División Asesoría Jurídica informa que la referida vivienda fue adjudicada a la Sra. Shylvia Yanet Silva Taroce. Mediante Resolución No. 486/08/4000 de 18/8/08, se dispuso enajenar el inmueble de obrados, fijando el precio de U.R. 180, pagadero en cuotas mensuales y consecutivas de U.R. 1;
          2o.) que de acuerdo con lo informado por el Servicio de Tierras y Vivienda, la adjudicataria no se encuentra al día con los pagos, por lo cual sugiere elevar estas actuaciones a efectos del dictado de resolución que encomiende al Servicio de Actividades Contenciosas el inicio de acciones judiciales con el objeto de intimar el pago de U.R. 22 y las que se devenguen hasta el momento del efectivo pago, bajo apercibimiento de rescisión de adjudicación;
          CONSIDERANDO: 1o.) que el 9/12/14, la Directora del Servicio de Actividades Contenciosas entiende pertinente el dictado de resolución que habilite a dicho Servicio a promover las acciones judiciales solicitadas;
          2o.) las facultades



          delegadas por Resoluciones Nos. 1610/11, de 7/4/11 y 157/11/1000, de
          11/4/11;
          EL DIRECTOR DE LA DIVISIÓN ASESORÍA JURÍDICA
          RESUELVE:
          1.- Encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas, a promover las acciones judiciales a efectos de intimar el pago de U.R. 22 (Unidades Reajustables veintidós) y las que se devenguen hasta el momento del efectivo pago, correspondiente a la adjudicación de la finca ubicada en el ex Barrio en Condominio No. 2, Solar 12, Manzana C (antes Solar 8), padrón No. 413.000, con frente a Av. San Martín No. 5989, a la Sra. Shylvia Yanet Silva Taroce, bajo apercibimiento de rescisión de adjudicación.-
          2. Comuníquese al Servicio de Tierras y Vivienda y pase al Servicio de Actividades Contenciosas a sus efectos.-

DR. ESC. ERNESTO BELTRAME, Director de la División Asesoría Jurídica.-