Resolución N° 59/01/6300
Nro de Expediente:
4400-005341-00
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
13/3/2001


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica multa de 5 UR al padrón Nº 4410 sito en la calle Juan Carlos Gómez 1253 por transgredir las normas sobre la limpieza pública.

Montevideo, 13 de Marzo de 2001.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Unidad de de Control de Contratos y Convenios, referente al deposito de basura sito en la calle Juan Carlos Gómez y Reconquista;
        RESULTANDO: 1o) que la mencionada Unidad en inspección reaizada el día 1o. de diciembre de 2000, a la hora 08:20 observó que de la calle Juan Carlos Gómez No. 1253 retiraban una bolsa verde de residuos y la depositaban en dicha esquina adjuntándose registro fotografico de la persona infractora en ese momento;
        2o) que consultada la Abogada Asesora del Departamento de Desarrollo Ambiental, la misma expresa que se debe dar vista de las presentes actuaciones con el fin de que se articule los descargos correspondientes con un plazo de diez días habiles bajo apercibimiento de las sanciones que correspondan por transgredir las normas sobre la limpieza pública;
        3o) que la mencionada profesional culmina su informe indicando que vencido el plazo otorgado de que disponía el ocupante de dicha finca y no habiendo presentado sus descargos corresponde aplicar una multa de 5 UR., por infringir en el inciso a) del art. No. 4o del Decreto de la Junta Departamental de Montevideo, No. 14.001 del 9 de agosto de 1967, e insciso 1o. del art. 6o. del Decreto 23372;
        CONSIDERANDO: 1o) que el Director de la División Limpieza es de opinión favorable en que se aplique la multa correspondiente;
        2o) que por Resolución No. 2478/00 de fecha 17 de julio de 2000 el Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental la facultad de aplicar multas de hasta 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTAD DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de CINCO UNIDADES REAJUSTABLES (5 UR) , al ocupante de la finca sita en la calle Juan Carlos Gómez 1253, padrón No. 4410 por infringir en el inciso a) del art. No. 4o del Decreto de la Junta Departamental de Montevideo, No. 14.001 del 9 de agosto de 1967, e insciso 1o. del art. 6o. del Decreto 23372;
        2o.-Comuníquese a la División Limpieza y a la Unidades de Gestión de Cobro de Morosos y de Control de Contratos y Convenios y pase al Servicio de Inspección General para la notificación de los ocupantes de la mencionada finca, de que disponen de un plazo de 30 (treinta) días para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Ing. LUIS LAZO VAZQUEZ, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental.-