Resolución N° 4629/18
Nro de Expediente:
2018-7420-98-000024
 
DESARROLLO ECONOMICO
Fecha de Aprobación:
8/10/2018


Tema:
FERIAS

Resumen:
Autorizar desde el 11 de octubre de 2018 y hasta la llegada del último crucero el día 10 de abril de 2019, la instalación y funcionamiento todos los días, además de sus días habituales, en el horario de 10:00 a 17:00 horas, de la Feria que funciona en la Plaza de la Constitución (Matriz)-Peatonal Sarandí.

Montevideo, 8 de Octubre de 2018.-
 
          VISTO: la nota presentada por la Asociación de Feriantes de la Plaza Matriz (AFEPLAMA) en relación a la Feria que funciona en la Plaza de la Constitución (Matriz);

          RESULTANDO: 1o.) que por la nota solicita se autorice la instalación de la feria todos los días, durante la temporada turística de cruceros 2018-2019, que va desde el arribo del primer crucero de turistas hasta el último;

          2o.) que la División Promoción Económica eleva actuaciones aconsejando acceder a lo solicitado, no permitiendo la ocupación a todo permisario que mantenga adeudos con la Administración y que no posea el carné que lo habilite como tal;

          CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico sugiere que por tratarse de una feria de especial relevancia turística y encontrándose en la cercanía del Puerto de Montevideo podría autorizarse en la forma propuesta;

          2o.) que en mérito a lo expuesto eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución en el

          sentido indicado;


          EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

          RESUELVE:


          1.- Autorizar desde el 11 de octubre de 2018 y hasta la llegada del último crucero el día 10 de abril de 2019, la instalación y funcionamiento todos los días, además de sus días habituales, en el horario de 10:00 a 17:00 horas, de la Feria que funciona en la Plaza de la Constitución (Matriz)-Peatonal Sarandí. El armado se realizará dentro de la Plaza sobre los dos pasajes que nacen en las intersecciones de las calles Juan Carlos Gómez y Sarandí, y Sarandí e Ituzaingó. No se podrá ocupar, bajo ninguna excepción, los alrededores de la fuente.
          2.- Fijar el pago de 5 (cinco) adhesivos de valor $ 412,oo (pesos uruguayos cuatrocientos doce) como adicional al cobro mensual, por concepto de uso de espacio público, que se abonará en un único pago por toda la temporada previo al 11 de octubre de 2018.
          3.- Establecer que no se permitirá el armado a todo permisario que mantenga adeudos con la Administración y que no posea carné que lo habilite como tal.
          4.- AFEPLAMA y los permisarios deberán cumplir: a) las disposiciones vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y al cumplimiento del horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) con la normativa ambiental vigente, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar; c) todos los puestos deberán tener faldones negros que cubran en su totalidad las mesas debiendo colocar cajones y otros debajo de ellos.
          5.- Se prohíbe: a) hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la instalación de equipo sonoro, luminarias o carteles de cualquier tipo; b) el estacionamiento o permanencia de vehículos en general; c) mantener las bases de las sombrillas en la Plaza luego del desarme de la Feria.
          6.- Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano; al Municipio B; a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1 y Central de Inspección General y pase a sus efectos a la División Promoción Económica.
OSCAR CURUTCHET, Intendente de Montevideo (I).-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-