Resolución N° 3857/25
Nro de Expediente:
2025-1001-98-002135
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
30/09/2025


Tema:
VARIOS

Resumen:
SE MODIFICA EL ARTÍCULO 7 DE LA RESOLUCIÓN N.º 1580/16 DE 25/04/16, EN RELACIÓN A LA REDUCCIÓN, HASTA EL 31/03/26, DE UN 40% EN LOS RUBROS DE ALIMENTACIÓN Y TRASLADOS PARA LAS MISIONES DE SERVICIO DE FUNCIONARIOS DE ESTA INTENDENCIA.-

Montevideo, 30 de Setiembre de 2025.-
 

                         VISTO: las medidas de reordenamiento financiero y de eficiencia en la gestión adoptadas con fecha 12 de setiembre del corriente año;

                         RESULTANDO: 1o.) que se considera oportuno implementar una nueva medida consistente en el abatimiento de los viáticos que perciben los/as funcionarios/as de esta Intendencia cuando cumplen misiones oficiales en el exterior, otorgados con la finalidad de solventar gastos de alimentación, traslados y alojamiento;

2o.) que la Resolución Nº 1580/16, de 25/04/16, dispuso que a los funcionarios comisionados al exterior del país en misión de servicio les corresponde, como máximo, el viático diario fijado para la ciudad de destino según la escala básica de viáticos de las Naciones Unidas publicada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, con el abatimiento previsto en su artículo 7;

                         CONSIDERANDO: 1o.) que razones de economía y de eficiencia en el uso de los recursos públicos hacen aconsejable disponer un abatimiento transitorio en la escala de viáticos aplicable;

2o.) que corresponde, en consecuencia, modificar la redacción del artículo 7 de la Resolución Nº 1580/16, estableciendo el nuevo criterio de cálculo hasta el 31 de marzo de 2026;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Modificar el artículo 7 de la Resolución N.º 1580/16, de 25/04/16, el que quedará redactado de la siguiente forma: “A los efectos del cálculo, y hasta el 31 de marzo de 2026, la escala básica de viáticos de las Naciones Unidas correspondiente a la/s ciudad/es donde el/la funcionario/a sea comisionado/a será aplicada con una reducción del 40 % (cuarenta por ciento) en los rubros de alimentación y traslados.”

2o.- Comuníquese a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación -a sus efectos-, a Contaduría General, a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase por su orden a la División Relaciones Internacionales y Cooperación.-

 

 

MARIO ESTEBAN BERGARA DUQUE, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

VIVIANA CECILIA REPETTO AQUINO, SECRETARIA GENERAL.-