Resolución N° 3765/25
Nro de Expediente:
2025-5500-98-000130
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
25/09/2025


Tema:
ESTRUCTURA ORGANICA

Resumen:
ESTRUCTURA - SE SUSTITUYE EL INCISO E) DEL NUMERAL 2 DE LA RESOLUCIÓN N.º 4264/10 DE 15/09/10 Y SUS MODIFICATIVAS, RELATIVO A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO SOCIAL Y SE MODIFICAN E INCORPORAN LOS ARTÍCULOS DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL QUE SE DETALLAN RELATIVOS A SUS COMETIDOS.-

Montevideo, 25 de Setiembre de 2025.-
 

                         VISTO: la necesidad de adecuar la estructura orgánica de la Intendencia de Montevideo a las nuevas exigencias de gestión, planificación,  coordinación y ejecución de las políticas públicas a nivel departamental en el periodo 2025 - 2030;

                         RESULTANDO: 1o.) que en la actual estructura orgánica administrativa de esta Intendencia, el Departamento de Desarrollo Social constituye un órgano ejecutivo, conforme a lo establecido en los artículos R.2 y R.5 del Volumen II “Procedimiento.Competencia” del Digesto Departamental;

2o.) que por Resolución N° 2795/25 de 10/07/25, se designaron a los/las ciudadanos/as para ocupar los cargos de Directores/as de las Divisiones Salud, Derechos Humanos y Políticas Sociales, dependientes del Departamento de Desarrollo Social;

3o.) que el citado Departamento, en conjunto con el Servicio Planeamiento Estratégico de Gestión Humana y la División Gestión y Desarrollo de Personas, han identificado la necesidad de crear y reorganizar Unidades dependientes del referido Departamento, con el fin de optimizar la gestión interna, racionalizar áreas y disciplinas y fortalecer los ejes estratégicos de trabajo, otorgándole mayor institucionalidad;

4o.)    que en particular, se propone la creación de la División Derechos Humanos y la reorganización de las Unidades dependientes de la División Políticas Sociales, así como la redistribución de competencias entre dichas dependencias, con el propósito de generar una estructura que favorezca una gestión integral y coordinada;

5o.) que en consecuencia, resulta necesario adecuar la normativa vigente a las nuevas realidades de funcionamiento, por lo cual se promueven modificaciones al Inciso E) del numeral 2 de la Resolución Nº 4264/10 de 15/09/10 y de sus modificativas, con el fin de establecer una nueva estructura orgánica para el Departamento de Desarrollo Social, permitiendo realizar ajustes a la actual estructura orgánico – administrativa, modificando la dependencia, denominación y respectivos ámbitos de competencia de algunas Secretarías, Servicios y Unidades, así como crear dependencias;

6o.) que asimismo se estima conveniente definir los cometidos de la nueva División Derechos Humanos y reformular los cometidos de la División Políticas Sociales, de forma tal que se adecuen a la nueva realidad de funcionamiento institucional;

                         CONSIDERANDO: que los Departamento de Desarrollo Social, Gestión Humana y Recursos Materiales, Secretaría General y la División Asesoría Jurídica se manifiestan de conformidad y estiman procedente el dictado de Resolución en tal sentido;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Sustituir el inciso E) del numeral 2 de la Resolución Nº 4264/10 de 15/09/10 y sus modificativas, relativo a la estructura orgánico-administrativa del Departamento de Desarrollo Social, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“E) Del Departamento de Desarrollo Social dependerán en línea directa, las siguientes:

 DIVISIONES:

 - Salud
- Políticas Sociales
- Derechos Humanos

Dependerán además del Departamento en línea directa la Oficina Central, las Unidades Planificación, Monitoreo y Evaluación, Convenios y Asesoría Legal, la Unidad de Difusión y Comunicación, la Secretaría de Seguridad y Salud y en línea asesora la Oficina de Gestión Presupuestal.

- División Salud
Dependerán de la División Salud los siguientes:
Servicios:
- Atención a la Salud, del que dependerán las siguientes Unidades:

 Policlínica Zully Sánchez
Laboratorio de Citología (SAS) (RIEPS)
Policlínica Odontológica Yano Rodríguez
Policlínica Móvil Adela Domínguez
Policlínica Solidaridad Dr. Francisco Pucci
Policlínica Casavalle
Policlínica La Paloma
Policlínica Casabó
Policlínica Lavalleja
Policlínica La Teja
Policlínica Parque Bellán
Centro logístico y de diagnóstico Irma Gentile
Policlínica Barrio Sur
Policlínica Buceo
Odontológico José Pedro Varela
Policlínica Giraldez

- Servicio de Salubridad Pública
- Servicio Fúnebre y Necrópolis
- Servicio de Regulación Alimentaria, del cual dependerán en línea directa las siguientes
Unidades:

 - Laboratorio de Bromatología
- Educación para la Salud

 - División Políticas Sociales
Dependerán de la División Políticas Sociales las siguientes Unidades y Secretarías:

 Unidades:

Economía Social y Solidaría
Compras
Atención y Orientación sobre Servicios Sociales

 Secretarías:

- Educación para la Ciudadanía
- Empleabilidad para la Inclusión Social

- División Derechos Humanos
Dependerán de la División Derechos Humanos las siguientes Secretarías:

 

- de Infancia, Adolescencia y Juventud
- de la Diversidad, de la cual dependerá el Centro de Referencia LGBTIQ+
- Étnico Racial y Poblaciones Migrantes, la cual gestionará la Casa de Guadalupe y el Programa Resuena.
- de las Personas Mayores
- de Discapacidad”.-

 

2.- Modificar el artículo R.19.36 del Capítulo I “De los cometidos de los órganos ejecutivos y de sus dependencias”, Título II, “De la competencia de los órganos de la Intendencia”, Parte Reglamentaria, Libro I “De la organización y de la competencia” del Volumen II “Procedimiento. Competencia” del Digesto Departamental, en la redacción dada por el numeral 4° de la Resolución N° 6160/15 de 29/12/15 y sus modificativas, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 “Artículo R.19.36.- Cometidos División Políticas Sociales:

 1.- Diseñar, implementar, monitorear y evaluar las políticas, programas, proyectos y acciones que se desarrollan en el Departamento de Montevideo orientadas a los sectores más vulnerables de la población en términos de acceso a la vivienda, el trabajo digno, la seguridad alimentaria y la educación de calidad.

 2.- Facilitar el protagonismo ciudadano promoviendo políticas orientadas a la búsqueda de equidad y justicia social.

 3.- ​Contribuir al fortalecimiento del proceso de profundización democrática del Departamento de Montevideo, favoreciendo la descentralización política, la desconcentración de servicios y su financiamiento, a partir de la articulación de las diferentes esferas de gobierno, el Nacional, el Departamental y el local con la partición activa de los Municipios y Servicios Centros Comunales Zonales.

 4.- Generar oportunidades de inclusión social y laboral para los sectores más vulnerables de la población, que les permita construir el perfil laboral en el cual deseen desempeñarse según las habilidades y destrezas adquiridas, finalizar su escolaridad obligatoria, realizar experiencias de formación y prácticas laborales en ambientes de trabajo, iniciar actividades con cada vez mayores niveles de autonomía e insertarse en un empleo.

 5.- Cumplir funciones de atención y asesoramiento sobre las prestaciones sociales municipales, departamentales y nacionales, estatales o privadas, existentes en el Departamento de Montevideo dirigidas al conjunto de la ciudadanía mediante un abordaje personalizado e integral, a través de un centro de atención único que reúna la información necesaria, con personal calificado para la orientación y seguimiento.”

3.- Incorporar el artículo R.19.36.1 en el Capítulo I “De los cometidos de los órganos ejecutivos y sus dependencias”, Título II “De la competencia de los órganos de la Intendencia”, Parte Reglamentaria, Libro I “De la organización y de la competencia” del Volumen II, “Procedimiento.Competencia” del Digesto Departamental, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 “Articulo R.19.36.1.- A la División Derechos Humanos compete:

 1.- Diseñar, implementar, monitorear y evaluar las políticas, programas, proyectos y acciones que se desarrollan en el Departamento de Montevideo, que, desde la perspectiva de los Derechos Humanos, favorezcan la cohesión social y la equidad, apuntando hacia condiciones de vida digna.

 2.- Favorecer y estimular el conocimiento del pasado reciente y las luchas de los distintos colectivos por mantener activa la memoria ciudadana y la defensa de las instituciones democráticas, propendiendo a diseñar y ejecutar políticas de construcción de memoria colectiva.

 3.- Facilitar el acceso a la información vinculada a las luchas colectivas y conquistas que se han dado en el Departamento de Montevideo.

4.- Impulsar metodologías de abordaje que contribuyan a la transversalidad de la perspectiva de Derechos Humanos en el conjunto de las políticas públicas que se ejecutan en el Departamento de Montevideo, particularmente aquellas que tienen su anclaje en la Administración Departamental y en especial en el Departamento de Desarrollo Social y la División de Derechos Humanos.

5.- Generar, desde la perspectiva de los Derechos Humanos, las condiciones necesarias y adecuadas de respeto y convivencia ciudadana para avanzar en el desarrollo de los más altos niveles de integración social y cohesión social en el Departamento de Montevideo; potenciando las capacidades democráticas de los ciudadanos/as de manera tal de contribuir al logro de fuertes sentidos de pertenencia e incidencia en relación a las políticas públicas que se implementan en el Departamento de Montevideo desde el ámbito nacional y municipal.

 6.- Promover el ejercicio pleno de la ciudadanía de los colectivos étnicos-raciales y poblaciones migrantes radicadas en el Departamento de Montevideo, con especial enfoque de género e interseccionalidad; mediante acciones que aporten a políticas afirmativas, así como a la difusión y valorización del acervo cultural y social de estas poblaciones.

 7.- Abordar la discapacidad desde una perspectiva de Derechos Humanos, transversalizando las políticas sectoriales y fortaleciendo la inclusión e identificando y modificando barreras y obstáculos existentes, ya sean actitudinales o físicos, para promover la ampliación de la democracia y una sociedad sostenible, sustentable y saludable. Así como realizar un monitoreo de la implementación de las definiciones legislativas departamentales, bajo la orientación de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

 8.- Llevar adelante las políticas departamentales y municipales de infancia, adolescencia, juventud y personas mayores desde una perspectiva de Derechos Humanos y de ciclo de vida, transversalizando el conjunto de las acciones de la Intendencia de Montevideo a través del diseño, la gestión y la evaluación de planes, programas y proyectos, así como de la articulación de los niveles local, departamental y nacional, con participación de la sociedad civil y coordinación con ámbitos académicos e internacionales; fortaleciendo el trabajo intergeneracional.

 9.- Asesorar en el diseño, implementación, monitoreo, seguimiento y evaluación de políticas públicas que contribuyan a la eliminación de discriminaciones y desigualdades basadas en la identidad de género y orientación sexual de las personas. Diseñar, implementar, monitorear y evaluar políticas de transversalidad del enfoque de igualdad de género en el segundo y tercer nivel de gobierno, así como políticas específicas de género. Promover la participación de la sociedad civil organizada y el empoderamiento de las mujeres, a través de la propuesta de espacios de diálogo, intercambio y trabajo en la temática, el apoyo a iniciativas de las organizaciones y grupos, y la generación de instancias de rendición de cuentas a la ciudadanía que habiliten el monitoreo ciudadano.”

4.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación -a sus efectos-, Asesoría Jurídica, Información y Comunicación, Contaduría General, Gestión y Desarrollo de Personas, Administración de Personal, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, Administración de Gestión Humana, al Equipo Técnico de Actualización Normativa y pase al Departamento de Desarrollo Social a sus efectos.-

 

 

MARIO ESTEBAN BERGARA DUQUE, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

VIVIANA CECILIA REPETTO AQUINO, SECRETARIA GENERAL.-