Resolución N° 2205/14
Nro de Expediente:
9055-001075-14
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
2/6/2014


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se crea el Consejo Departamental de Cultura con carácter consultivo y deliberativo y se establecen sus deberes y atribuciones.-

Montevideo, 2 de Junio de 2014.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la conveniencia de crear el Consejo Departamental de Cultura de Montevideo;
        RESULTANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura teniendo en cuenta que desde agosto del año 2010 a través de convocatorias a reuniones periódicas se ha actuado en un marco de encuentro y de intercambio con la Sociedad Uruguaya de Actores (SUA), Federación Uruguaya de Teatros Independientes (FUTI), Asociación de Danza del Uruguay (ADDU), Asociación de Músicos del Uruguay (AUDEM), Asociación de Productores y Realizadores de Cine del Uruguay (ASOPROD), Federación Uruguaya de Músicos (FUDEM), Asociación Uruguaya de Artistas Plásticos y Visuales (AUPV) Asociación de Pintores y Escultores del Uruguay (PEU), Asociación General de Derechos de Autor ( AGADU), Casa de los Escritores y Sociedad Uruguaya de Artistas Visuales y Afines (SUAVA), promueve la creación del Consejo;
        CONSIDERANDO: 1o.) que dichos encuentros han recibido la participación y aporte de artistas y personalidades que en forma particular y por su relevante trayectoria y reconocimiento contribuyeron notablemente a la consolidación de proyectos y nuevas formas de gestión;
        2o.) que resulta de utilidad contar con un organismo que contribuya a la reflexión y el análisis de las actividades artísticas, donde se intercambien ideas sobre temas relacionados con las políticas culturales y se fomente entre otras cosas un estricto cumplimiento a las disposiciones creadas por la Ley del Artista No. 18.384 de 31 de octubre de 2008;
        3o.) que se entiende conveniente la creación del Consejo Departamental de Cultura de manera tal de estimular la participación y el diálogo de todas las organizaciones sociales y gremiales que contribuyen a la producción y difusión de las más diversas expresiones artísticas;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Crear, con carácter honorario el Consejo Departamental de Cultura que presidirá el Director General del Departamento de Cultura o quien éste designe y que estará integrado por todas las organizaciones sociales y gremiales que, debidamente constituidas y acreditadas, trabajen en beneficio y promoción de las Artes y que voluntariamente soliciten su incorporación.-
        2. El Consejo Departamental de Cultura será un órgano de carácter consultivo y deliberativo en todo lo referido a políticas culturales cuyas decisiones no tendrán carácter vinculante pero servirán como recomendaciones, en particular para la elaboración y promoción del conjunto de las políticas culturales de la Intendencia de Montevideo. Se reunirá en forma ordinaria cada 60 (sesenta) días y en forma extraordinaria todas las veces que el Presidente realice una convocatoria.-
        3. El Consejo tendrá como deberes y atribuciones los siguientes:
        a) Realizar las sugerencias y/o aportes que entiendan pertinentes, los que en ningún caso tendrán carácter vinculante;
        b) Realizar una evaluación pública anual de todo lo actuado.-
        4. Encomendar al Presidente del Consejo la elaboración de sus normas de funcionamiento.-
        5. Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a la Sociedad Uruguaya de Actores, a la Federación Uruguaya de Teatros Independientes, a la Asociación de Danza del Uruguay, a la Asociación de Músicos del Uruguay, a la Asociación de Productores y Realizadores de Cine del Uruguay, a la Federación Uruguaya de Músicos, a la Asociación Uruguaya de Artistas Plásticos y Visuales, a la Asociación de Pintores y Escultores del Uruguay, a la Asociación General de Derechos de Autor, a la Casa de los Escritores y a la Sociedad Uruguaya de Artistas Visuales y Afines, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, al Servicio de Administración de Gestión Humana y pase al Departamento de Cultura a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-