Resolución N° 1219/18
Nro de Expediente:
2017-9377-98-000003
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
12/3/2018


Tema:
TRANSPORTE

Resumen:
Establecer que las solicitudes de acceso a la información pública relacionadas a vehículos empadronados en Montevideo, destinados exclusivamente al servicio de taxímetros, remises, ómnibus, transporte de escolares y ambulancias, así como información de inspecciones vinculadas a los mismos, deberán ser canalizadas mediante la Unidad Administración de Transporte.

Montevideo, 12 de Marzo de 2018.-
 
        VISTO: que por Resolución Nº 1140/17 del 13 de marzo de 2017 se estableció el procedimiento de canalización para las solicitudes de acceso a la información pública al amparo de la Ley Nº 18.381 del 17 de octubre de 2008, relacionadas a vehículos empadronados en Montevideo, así como otras consultas vinculadas con automotores;
        RESULTANDO: 1º) que tanto el Departamento de Movilidad, la División Tránsito y la Unidad de Acceso a la Información han manifestado que el procedimiento aprobado por la señalada disposición ha mejorado notablemente los tiempos de respuesta que atienden dichas solicitudes;
        2º) que también se envían periódicamente a la División Transporte y al Departamento de Movilidad peticiones de similar índole, pero relacionadas a datos sobre vehículos destinados al servicio de taxímetro, remises, ómnibus, transporte de escolares, ambulancias, y/o información de inspecciones sobre los mismos;
        3º) que para mejorar el cometido y los tiempos de respuesta que atienden a dichas solicitudes, se entiende necesario modificar el procedimiento, estableciendo que las mismas se gestionen directamente con la Unidad Administración de Transporte;
        CONSIDERANDO: 1º) que dicha Unidad cuenta con personal entrenado y calificado para identificar y brindar la información que corresponde según el tipo de solicitud;
        2º) que el resultado de aplicar un procedimiento uniformizado resultará en una mejora de la gestión de las solicitudes;
        3º) que el Departamento de Movilidad entiende oportuno el dictado de resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Establecer que las solicitudes de acceso a la información pública relacionadas a vehículos empadronados en Montevideo, destinados exclusivamente al servicio de taxímetros, remises, ómnibus, transporte de escolares y ambulancias, así como información de inspecciones vinculadas a los mismos, deberán ser canalizadas de la siguiente forma:
        a) cuando las mismas provengan de personas, otras intendencias u organismos estatales - exceptuándose los Tribunales y Juzgados del Poder Judicial y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo -, deberán dirigir sus requerimientos a la Unidad de Acceso a la Información, dependiente del Departamento de Secretaría General, quien recibirá las mismas en formato papel y/o correo electrónico en la dirección <derechoalainformacion@imm.gub.uy>; dicha unidad iniciará un expediente electrónico y remitirá de inmediato las actuaciones a la Unidad de Administración de Transporte; y
        b) las solicitudes de acceso a la información provenientes de dependencias de esta Intendencia remitirán directamente sus peticiones a la Unidad de Administración de Transporte.
        2.- La mencionada Unidad suministrará la información requerida a la mayor brevedad posible y devolverá las actuaciones directamente a la dependencia que realizó la solicitud.
        3.- Comuníquese a todos los Departamentos, a las Divisiones Información y Comunicación, Asesoría Jurídica, Transporte, Tránsito, a los Servicios Contralor y Registro de Vehículos, Ingresos Vehiculares, a la Unidad
        Administración de Transporte y pase a la Unidad de Acceso a la Información.
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-