Publicado: 03.05.2017 - 11:30 | Última actualización: 28.03.2023 - 14:28

Transporte de pasajeros en vehículos privados contratados mediante plataformas electrónicas

  Autor: Intendencia de Montevideo
Rambla y Avenida Alfredo Arocena
 
  Autor: Intendencia de Montevideo / Martin Atme
Transito
 
  Autor: Intendencia de Montevideo
Rambla de Montevideo
Rambla de Montevideo  
  Autor: Intendencia de Montevideo
Transito
 
  Autor: Intendencia de Montevideo
Transito
 
 
 
 
 
 
En diciembre de 2016, la Junta Departamental de Montevideo (JDM) –de conformidad con la Resolución Nº 5241/16– promulgó el Decreto 36.197 que habilita la modalidad de transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados contratados a través de plataformas electrónicas. Por tanto, a la Intendencia de Montevideo le compete reglamentar las condiciones en las que se debe cumplir la actividad.

En Montevideo, la operativa de las empresas que administran las plataformas electrónicas se realiza en un Sistema de Transporte regulado, por lo que es necesario una reglamentación propia.

Con base en el decreto de la Junta Departamental de Montevideo, la División Transporte ha delineado un plan de regularización en etapas, comenzando con las empresas que administran las plataformas electrónicas, estipulando formatos y sistemas para el envío de información, y reglamentando el tipo de vehículos permitido para la función de transporte oneroso.

La Intendencia emitió en enero de 2017 la resolución 14/17 que creó el Registro Provisorio de Plataformas de Intermediación de Transporte Oneroso de Pasajeros, en la órbita del Departamento de Movilidad. Una vez registradas las plataformas, deben asumir la retención del pago del canon generado por los vehículos afectados al servicio y su posterior depósito en la cuenta del Fondo de Movilidad.

Después, la resolución 604/17 de febrero introdujo modificaciones:

  • El depósito del canon debe hacerse efectivo antes del día 20 de cada mes.
  • Las cantidades declaradas y depositadas son controladas por esta Intendencia y el certificado no es cancelatorio de eventuales adeudos.
  • Las plataformas tienen tres días hábiles para ingresar al sitio de notificaciones una vez que reciben el anuncio correspondiente; cumplido ese plazo se considera que fueron notificadas o comunicadas.

Desde abril comenzaron a regir nuevas exigencias para las plataformas, ya que la comuna amplió la reglamentación del decreto Nº 36.197. Se fijan las características que deben tener los vehículos que prestan el servicio, con el fin de establecer estándares mínimos de seguridad y comodidad de los pasajeros, y se exige un seguro con cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual y Responsabilidad Civil Pasajeros.

Posteriormente, las resoluciones departamentales 3802/17 (Obligaciones de las Plataformas y Permisarios) y 3880/17 (plazos para registro y sanciones) siguen en la línea de mejorar el sistema de permisarios, estableciendo pautas de funcionamiento del sistema.

Seguimos avanzando en la regulación de las plataformas de transporte oneroso de pasajeros y a partir del mes de julio de 2017, la Intendencia de Montevideo incorporó el registro en línea de los permisarios, conductores y vehículos.

Los titulares de los vehículos (o permisarios), previo al Registro en el Sistema de Transporte de la Intendencia, deben ingresar en la página web de la Agesic para obtener su usuario y contraseña; descargar, completar e imprimir los formularios necesarios para la generación de domicilio electrónico para después –de forma presencial– culminar el trámite en el Servicio Atención a la Ciudadanía. Se encuentra habilitado para registrarse en el Sistema de Transporte de la Intendencia una vez que esta lo notifique por el mecanismo descripto.

La Intendencia notifica todos los aspectos relevantes y de interés a los permisarios por este sistema, lo que significa que si se envía una notificación indicando que debe presentar determinada documentación y no lo hace, se promoverá la suspensión del permisario hasta que regularice la situación.

Por tanto, los permisarios deben crearse el hábito de ingresar al menos mensualmente al sistema de notificaciones.

A través de la página web de la Intendencia, los titulares de los vehículos (o permisarios) pueden registarse electrónicamente ingresando en el Registro de Permisarios de Transporte en Vehículos Privados.

Por mayor información: consultas.tpvp@imm.gub.uy

La División Transporte continúa avanzando para mejorar el estado de situación del transporte en vehículos privados. La elaboración de un sistema de registro permitirá seguir ordenando el servicio prestado por trabajadores del sector, brindar la seguridad que corresponde a sus usuarios, cumplir con el sistema tributario y garantizar un servicio eficaz y eficiente.

En este sentido, se realizó un informe sobre el funcionamiento del sector de transporte por aplicaciones y sus consecuencias en el sector de transporte oneroso de pasajeros en la ciudad de Montevideo.

El jueves 30 de mayo de 2019 la Junta Departamental de Montevideo aprobó nuevas condiciones para el registro de nuevos permisarios de plataformas de transporte oneroso de pasajeros (Decreto 37.089, que fue promulgado por el gobierno departamental mediante la Resolución 2726/19).

Posteriormente la Intendencia aprobó la Resolución 3755/19, la cual reglamenta ciertos aspectos del Decreto Nº 37.089.

En líneas generales, las modificaciones introducidas en la normativa son:

  • El sistema contará con un cupo máximo de 4.000 permisarios.
  • Para mantener el permiso, se deben realizar al menos 10 viajes por mes.
  • El permisario debe ser el titular del vehículo en los registros de la Intendencia.
  • Limita a un solo conductor adicional, el cual debe ser familiar hasta en segundo grado de consanguinidad del permisario, intentando cumplir con el espíritu de la reglamentacion del sistema y que funcione como un negocio familiar, involucrando a personas que por diferentes motivos no pueden acceder al mercado laboral.

El 5 de agosto de 2019 se abrió la inscripción para aspirantes, en tres secciones definidas:

  1. Aspirantes a nuevos permisarios.
  2. Actuales conductores no permisarios.
  3. Aspirantes a nuevos permisarios con vehículo eléctrico.

El sistema verificará que los inscriptos en cada sección cumplan los requisitos solicitados, para luego realizar un sorteo. Se creará un orden de prelación, incorporando tantos aspirantes al sistema como cupos queden disponibles.

Luego de ser comunicado el aspirante que salió favorecido, dispone de 30 días calendario para reunir los requisitos y registrarse en el sistema; de no hacerlo, pierde su lugar.

A la fecha no esta previsto realizar llamado a aspirantes para permisarios

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