Solicitud - Re-alta del vehículo.

Solicitud - Re-alta del vehículo.

Última actualización: 06.02.2024 - 13:08 | Responsable de esta información: Contralor y Registro de Vehículos

Descripción

Rehabilitación de los vehículos dados de baja.

Requisitos

  • Formulario completo y firmado por quien realiza el trámite, con cédula de identidad, pasaporte o carné diplomático vigente. El formulario debe estar firmado por el titular o titulares.

  • Debe presentarse el vehículo con el motor limpio.

Casos especiales

Si el vehículo fue adquirido por remate y está dado de baja en esta Intendencia, para proceder a dar re-alta, se debe presentar el interesado con toda la documentación, sin previa agenda, de lunes a viernes de 9.15 a 15.00 h en Pedernal 2219, donde será informado sobre cómo realizar el trámite.
 

En caso de recupero por hurto, además de los requisitos mencionados, debe presentar oficio de recupero (recibo policial original por la entrega del vehículo) o denuncia policial donde conste que el vehículo fue entregado, especificando si apareció con o sin matrículas o con una de ellas. También debe especificar si sufrió adulteraciones en el chasis y/o motor o posee números no originales.
 

En caso de que haya tenido unareparación donde borren el número original de chasis, además de los requisitos mencionados, debe presentar carta del tallerista certificada por escribano (con timbre notarial) o boleta membretada (original y fotocopia), detallando la reparación realizada causante de la situación mencionada.
 

En los casos de taxi o remise que solicitaron la exoneración del IMESI al realizar la baja del vehículo antes de los tres años de prestar servicio, si al momento de realizar este trámite no pasó el plazo establecido contando desde la fecha de empadronamiento deben presentar constancia de DGI, en la que confirmen que no tiene que pagar o que ya realizó el pago del impuesto (Ley Nº 17.580). Este caso también abarca los vehículos de alquiler sin chofer con cilindrada mayor a 2000 cc.
 

En caso de vehículos afectados a personas con discapacidad (SDI), debe presentar fe de vida del beneficiario, de alguna de las siguientes formas:

  • Certificado notarial (vigencia 30 días).
  • Certificado médico municipal o médico tratante (vigencia 30 días).
  • El beneficiario se debe presentar en el servicio.

Otras opciones de actuación

Si quien concurre a gestionar el trámite no es el interesado debe presentar fotocopia de alguno de los siguientes documentos vigentes del titular o titulares:

  • Cédula de identidad
  • Pasaporte
  • Carné diplomático

Si no es titular municipal debe presentar original y fotocopia de alguna de las siguientes opciones y realizar simultáneamente el cambio de titularidad del vehículo:

  • Vehículos Registrables: título de propiedad inscripto definitivo en la Dirección General de Registros o testimonio del mismo.
  • Vehículos no Registrables: compraventa con firmas certificadas por escribano público.

En caso de no poder realizar la transferencia simultanea debe incluirse en el Registro de Poseedores de SUCIVE de una de las siguientes maneras:

  • Contrato con certificación notarial de firmas.
  • Se presetan ambas partes (vendedor y comprador) ante el funcionario actuante. Aclarción: el vendedor es quien figura en la libreta de propiedad.
  • Declaración jurada de la posesión por más de 6 años del vehículo, ratificada por 2 testigos.

En caso de que el titular sea menor de edad debe presentar libreta de matrimonio de los padres o partida de nacimiento del menor (original y fotocopia) junto con el formulario firmado por ambos padres y fotocopias de ambas cédulas de identidad vigentes.

En caso de fallecimiento del titular se debe presentar original y fotocopia del Certificado de Resultancia de Autos (CRA). El formulario deberá estar firmado por uno de los herederos, adjuntando fotocopias de cédula de identidad vigente de todos los restantes (si los hubiera) según artículo D.582 Volumen V.

Cuando el firmante sea tutor/curador debe presentar tutela/curatela (original y fotocopia).

En caso de actuar por poder debe estar certificado por escribano público (original y fotocopia) con vigencia menor a un año por Res. 1680/97.

Cuando el titular del vehículo es una empresa debe presentar una de estas opciones:

  • Certificado notarial (original y fotocopia) con vigencia menor a un año por Res. 1680/97, donde conste: nombre de la empresa, número de RUT, persona autorizada a firmar, su número de cédula de identidad y fotocopia vigente de esta.
     
  • En caso de actuar por poder debe estar certificado por escribano público (original y fotocopia) con vigencia menor a un año por Res. 1680/97 donde conste: nombre de la empresa; número de RUT; persona autorizada a firmar, su número de cédula de identidad y fotocopia vigente de esta.
     
  • En el caso particular de empresas unipersonales o sociedades de hecho, basta solo con presentar copia de tarjeta de RUT versión 6351 o Certificado Único de DGI.

¿Cómo se hace?

Paso 1

Agenda para gestorías y automotoras

Las gestorías y automotoras deben agendarse en este enlace. (Para realizar trámites a terceros, es necesario estar registrado en el Servicio de Compras).

Agenda para particulares

Los particulares pueden reservar hora en la agenda específica para particulares, llamando al 1950 4000 opción 2 o por Whatsapp escribiendo al 099 019 500.

Paso 2

Presentarse con toda la documentación requerida, el día y hora otorgada.

Tener en cuenta

  • Toda certificación notarial debe presentar timbre correspondiente (excepto las que estén exoneradas).

  • La documentación a presentar en fotocopia debe ser en blanco y negro, estar legible y en tamaño A4 (hoja común).

  • En caso de no presentar alguno de estos requisitos no se puede realizar el trámite.

  • Por más información contactarse al correo vehiculos@imm.gub.uy

¿Tiene costo?

Si tiene costo

Costo

2 chapas matrículas y libreta de circulación: $ 4.630,91 (auto, camioneta, camión, remolque y similares).
1 chapa matrícula y libreta de circulación: $ 3.010,09 (moto, triciclo, cuatriciclo y similares). Atención: Los valores se ajustan en enero de cada año.

¿Dónde se realiza personalmente?

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