Solicitud - Descargo de contravenciones de tránsito

Solicitud - Descargo de contravenciones de tránsito

Última actualización: 05.03.2024 - 13:52 | Responsable de esta información: Inspección de Tránsito

Descripción

Mediante este trámite es posible presentar argumentos y/o documentación probatoria para solicitar la revisión de una contravención de tránsito recibida.

Requisitos

La documentación a presentar dependerá de quien realice el trámite (siempre se debe adjuntar copia de la Cédula de Identidad).

  • Titular registral en la Intendencia (quien figura en el documento del vehículo): copia del Documento de Identificación vehicular.
     
  • Conductor notificado por el inspector que consta en la boleta: copia de Boleta y del Documento de Identificación vehicular.
     
  • En los casos que no figura como titular registral (de acuerdo al Registro de Vehículos de la Intendencia) deberá presentar:
    • Propietario: título.
    • Promitente comprador cuyo compromiso tenga firmas certificadas por escribano público: documento compraventa con firma certificada por escribano.
    • Poseedor: certificado notarial.
    • Adquiriente en subasta pública: oficio del rematador o juzgado.
    • Representante: carta poder certificada por escribano público (menos de un año de antigüedad) que lo habilite a representar al titular, propietario, promitente comprador, adquirente en subasta pública o poseedor del vehículo.

¿Cómo se hace?

  • A través del formulario web.
  • De forma presencial en Servicio de Atención a la Ciudadanía (Soriano 1426, de 10 a 16h) reservando hora en este sitio.

Plazo para la presentación de descargos:

Diez días contados desde la fecha de notificada la contravención.

Tener en cuenta

  • Es importante que se adjunten elementos que puedan aportar a la resolución del caso; fotografías del vehículo, constancias o certificados y todo aquello que entienda pertinente.
     
  • Si la contravención fue abonada y el dictamen de la gestión resulta favorable para el interesado/a, se procederá a la devolución del importe correspondiente a través de la Red de cobranzas.
     
  • Si quien realiza el trámite es un representante es necesario presentar una carta poder certificada por escribano público (original) con vigencia menor a un año (Resolución Nº 1680/97) para cobrar la devolución.
     
  • Si la infracción no fue abonada se dará de baja. 
     
  • La Comisión Asesora de Descargos dispone de 30 días para estudiar el petitorio y expedirse al respecto (Artículo R.424.227.4) y luego la Dirección dispone de 120 días para la resolución.
     
  • Una vez que se resuelva el descargo la persona intereseda recibirá un correo electrónico a la dirección ingresada en el formualrio. En caso de no contar con uno deberá concurrir a  Atención a la Ciudadanía para consultar.
     
  • Si completa el formulario web recuerde conservar la identificación del trámite para futuras consultas (la codificación de la identificación es: MOVAC-21-123456).

¿Tiene costo?

No tiene costo

¿Dónde se realiza personalmente?

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