Enviado por im4248771 el
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La sanción consta de dos partes, la económica (15 UR) y la suspensión de conducir todo tipo de vehículos. La suspensión depende de la concentración de alcohol registrada y si es reincidente. En caso de registrar una concentración superior a 1,2g alcohol por litro de sangre se derivan las actuaciones al Tribunal de Faltas para que considere la sanción adicional (en general es trabajo comunitario por el plazo que se establezca).
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